madrid - La justicia francesa entregará al Estado español a la presunta exdirigente de ETA Iratxe Sorzabal para que pueda ser juzgada por dos atentados, en Irun en 1995 y en Gijón en 1996, que causaron daños materiales, pero no víctimas personales. La sala de instrucción del Tribunal de Apelación de París comunicó ayer a Sorzabal esas decisiones, que pueden ser recurridas ante el Tribunal Supremo. La sala precisó que la entrega quedará diferida hasta que terminen las causas que tiene pendientes en Francia la etarra, en particular el juicio sobre los hechos asociados a su arresto en Iparralde junto a David Pla en septiembre de 2015. Tanto ella como Pla están imputados como responsables de una organización terrorista en ese sumario, por el que deben sentarse en el banquillo en los próximos meses.
Los jueces galos dieron ayer su visto bueno a una primera euroorden de la Audiencia Nacional de Madrid para que Sorzabal tenga que responder allí por la colocación de una carga explosiva en las instalaciones aduaneras de Irun el 8 de octubre de 1995. La segunda se refiere a otro atentado con bombas junto a una farmacia y al Palacio de Justicia de Gijón el 9 de noviembre de 1996 en el que como en el primero está acusada, entre otros, por el delito de estragos terroristas.
En uno y otro caso, dieron por buena la explicación de la justicia española, según la cual las acusaciones contra la etarra no se sustentan únicamente en su autoinculpación tras ser detenida en España en marzo de 2001. Hay otros elementos de prueba en su contra, en particular una “cantada”. Sorzabal está cumpliendo pena de cárcel en Francia y debería permanecer entre rejas hasta 2027.
el constitucional y segi Por otro lado, el Tribunal Constitucional considera que se ha “vulnerado el derecho fundamental de amparo a la libertad personal” de cuatro miembros de Segi y anula los autos de la Audiencia Nacional dictados en 2015 por los que decidió la prisión provisional de estos jóvenes y denegó su puesta en libertad.
En una sentencia firmada el pasado 17 de septiembre y hecha pública ayer, el Constitucional considera que la decisión adoptada por la Audiencia Naciona “vulnera el derecho a la libertad personal” de los recurrentes. - Efe