El Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco ha iniciado el procedimiento para sancionar a la empresa que gestionaba la discoteca Mitika, en Vitoria-Gasteiz, así como a la compañía responsable de su seguridad y a cuatro de sus trabajadores, por ejercer labores de vigilancia sin contar con la habilitación exigida por la Ley de Seguridad Privada.

La dirección de Juegos y Espectáculos del departamento de Seguridad abrió un expediente para investigar las circunstancias en las que se produjo la muerte del joven Kerman Villate en la madrugada del 22 al 23 de febrero a las puertas de la discoteca a manos de uno de los porteros de la sala.

La Audiencia Provincial de Álava decidía la pasada semana dejar en libertad al acusado de la muerte de Kerman. El miembro del equipo de seguridad de la discoteca se encontraba en prisión provisional a la espera de juicio desde dos días después del suceso y ha salido de prisión con fianza después de que la Audiencia admitiera los recursos presentados por la Fiscalía y la defensa del acusado que han rebajado las expectativas de penas.

La Audiencia Provincial descarta ahora que se trate de un asesinato y sí de un homicidio imprudente o de un delito de lesiones con resultado de muerte.

Un posicionamiento que contradice lo decretado en su día por el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Vitoria, que en un auto de finales de septiembre entendía que existían "indicios sólidos de la comisión de un delito de homicidio o asesinato".

Vista general del juicio del portero de la discoteca Mitika de Vitoria por una supuesta agresión en otro local de la que resultó absuelto EP

Sin autorización

Según ha comunicado el departamento, la empresa titular de la discoteca se enfrenta a una multa de 30.000 euros por contratar deliberadamente servicios de seguridad a una compañía que no dispone de autorización para desempeñar estas funciones, una conducta tipificada como infracción muy grave en el artículo 59.1.a de la normativa estatal.

Cuatro trabajadores sancionados

Por su parte, la empresa encargada del servicio de seguridad se expone a una sanción aún mayor, 40.000 euros, por prestar servicios de seguridad privada sin autorización, lo que constituye otra infracción muy grave, en este caso del artículo 57.1.a de la Ley.

El procedimiento sancionador también alcanza a los cuatro trabajadores que desempeñaban tareas de vigilancia en el local. Cada uno de ellos podría recibir una multa de 6.001 euros por ejercer funciones de seguridad sin la correspondiente habilitación profesional, una infracción muy grave recogida en el artículo 58.1.a.

A partir de ahora se abre un plazo para que las partes implicadas presenten las alegaciones que consideren oportunas. Una vez analizada toda la documentación, el viceconsejero de Seguridad emitirá la resolución definitiva, que determinará si las sanciones propuestas se confirman, se modifican o quedan sin efecto.