El jurado popular ha considerado culpable, por unanimidad, al acusado de matar a tres hermanos septuagenarios en Morata de Tajuña (Madrid), "con extrema violencia" y con la única atenuante de alteración psíquica que afectaba de forma leve a sus capacidades, ya que no aprecia la de confesión ni la de obcecación.

Los nueve jurados han dado a conocer este jueves su veredicto sobre Dilawar Hussain F.C, acusado de matar a los hermanos Amelia, Ángeles y Pepe, de unos 70 años y naturales de Torre de Juan Abad (Ciudad Real), el 17 de diciembre de 2023, saltándose una orden de alejamiento en vigor.

Tras ingresar en prisión mató también a su compañero de celda, lo que se dirime en otro procedimiento.

"Entendía la acción como mala"

Ahora el jurado ve acreditado que, como reconoció el acusado tras el crimen y también durante el juicio, Dilawar mató a golpes "con extrema violencia" a las tres víctimas porque le debían dinero, en un momento en el tenía un trastorno de personalidad que afectaba de forma "leve" a sus capacidades: era consciente de la realidad y "entendía la acción como mala", precisa el veredicto.

Una vez dictado este veredicto, en la misma vista la Fiscalía ha mantenido su petición de 36 años de cárcel para el acusado por los tres homicidios, mientras la defensa ha solicitado -al quedar acreditado solo un atenuante- que sea condenado a 30 años de prisión (10 por cada víctima) en lugar de los siete y medio que pedía inicialmente al apreciar también la confesión y el arrebato u obcecación.

El jurado, que lee un veredicto en el que se pronuncia sobre cada uno de los hechos y las circunstancias que se enjuician, considera probado por unanimidad que Dilawar quebró la orden de alejamiento que tenía en vigor desde febrero de 2023 por haber golpeado a Amelia debido a la misma deuda, ya que así lo reconoce el propio acusado y queda probado por la posición del teléfono del acusado varios días.

Ve acreditado que el 17 de diciembre de 2023 acudió a la casa de los tres hermanos y mató primero a Pepe y luego a las dos mujeres, dándoles golpes en la cabeza son un objeto contundente, "con extrema violencia".

No sufría deterioro cognitivo ni tenía alteradas de forma significativa sus capacidades, y era consciente de la realidad, ya que "entendía la acción como mala", resuelve el jurado basándose en las declaraciones y en las pruebas exhibidas en el juicio.

Dos días después volvió a la casa y provocó un incendio, confirma el veredicto.

Descartan aplicar el atenuante de confesión

El jurado afirma por unanimidad también que el acusado tenía un trastorno de la personalidad que le afectaba de forma "leve" a sus capacidades volitivas, y descarta, como pedía la defensa, que actuara por impulsividad u obcecación, ni que se pueda aplicar la atenuante de confesión, ya que contó lo que hizo una vez arrestado.

En este sentido el veredicto determina que Dilawar había buscado alojamiento en Morata de Tajuña en los días previos al hecho y que, como sostiene un informe forense, pudo actuar "motivado por un ajuste de cuentas, por el daño sufrido" por la deuda y por la muerte de su madre en Pakistán.

Así ven probado que el triple crimen responde a "una decisión madurada mientras estuvo en la cárcel" tras agredir a Amelia la primera vez -estuvo ocho meses preso-, como también prueba el hecho de que dos días después del crimen volviera a la casa y prendiera fuego "para borrar sus huellas". Una vez conocido el veredicto el presidente de la sala dictará una sentencia acorde con el mismo.