Dicen, sus compañeros, que a este guardia civil destinado en la Unidad de Seguridad Ciudadana de Navarra, encargada del Aeropuerto de Pamplona-Noáin, le gusta hacer bromas pesadas, que es vacilón, pero que a veces se pasa de frenada y la suele tomar con el más débil.

Así al parecer la diana habitual de sus mofas era otro guardia civil, natural de Galicia y de 38 años de edad, entró en dicha unidad en septiembre de 2016, al que el anterior se propuso "no parar hasta que lo echase de la Unidad", según confesó en varios servicios y expuesto a viva voz puesto que el resto de agentes eran conscientes de su intención.

Sirva el preámbulo para contextualizar que la relación entre ambos agentes que compartían destino no era la más cordial y aquello desembocó en una implosión que ha terminado en un juicio en el Tribunal Militar Territorial de Barcelona.

Todo empezó por los comentarios que supuestamente había realizado el agente gallego (acusado), que era sujeto de las bromas del otro guardia, a la mujer de éste y que activó una discusión entre ellos, con varios episodios realmente tensos, en los que no llegaron a las manos por la mediación de sus compañeros y que incluso conllevaron que el primero de los agentes tuviera que cogerse la baja por una crisis de ansiedad.

Este mismo, el agente gallego, ha resultado finalmente absuelto de un delito de amenazas penado en el Código Penal Militar con entre seis meses y dos años de prisión después de que en uno de esos rifirrafes hiciera un amago de desenfundar el arma reglamentaria y llegara a decir que si por algo de lo ocurrido le sancionaban con la retirada del arma o si le afectaba a nivel personal "le mataría a él y a su familia". Al otro agente también se le archivó un procedimiento por acoso laboral.

Una llamada con el manos libres en el aeropuerto

La sentencia recuerda que el 1 de mayo de 2020, en plena pandemia, durante la prestación de un servicio se reunieron varios componentes de la Unidad de Seguridad Ciudadana en la zona del Aeropuerto de Pamplona, mientras esperaban la llegada del sargento. Entonces, el agente al que califican de bromista hizo un comentario sobre las piernas de la mujer de otro compañero allí presente y comenzó a decir, en referencia al otro guardia, que era el acusado y al que habitualmente se dirigía con expresiones descalificadoras "como el baboso de mierda este, que el día de la Patrona del año pasado estuvo intentando hacer algo con mi mujer".

Aquello abrió la caja de los truenos. El agente ahora procesado y absuelto le respondió que eso no era cierto y el otro insistió en que sí lo era. De hecho, llamó por teléfono a su mujer, colocó el móvil en manos libres y le preguntó a su pareja "si le había tirado los tejos", a lo que ella respondió afirmativamente.

Al terminar la charla, el guardia le dijo al acusado que "además de un baboso de mierda, era un mentiroso" y el incidente generó una situación de alta tensión entre los presentes. Llegó a tal punto que el procesado le respondió al agente que le insultaba "tú lo que eres es un hijo de puta". Y la cosa no llegó a más porque el resto de la patrulla medió para separarles. Incluso el guardia civil encausado percibió en un momento que el otro hacía amago de extraer el arma, si bien lo que al parecer hizo según la sentencia es subirse el ceñidor del que prendía lateralmente la cartuchera que contenía el arma. El procesado manifestó luego a su compañero de patrullaje que "nadie le había humillado nunca de esa forma" como en el altercado que había tenido.

Una semana después, un incidente similar se reprodujo sobre las 21.55 horas en las dependencias de la Unidad. El procesado se dirigió hacia su taquilla y le pidió al otro agente si podía apartarse para poner él su material ya que estaba sentado a la altura de su armario. El otro guardia le respondió: "Tienes toda la nave de espacio, haz lo que te salga de los cojones" o "ponte en otro lado, yo pongo las cosas donde me sale".

Ante dicha situación, el acusado le inquirió si iba a volver a "tirar de pistola" como en el aeropuerto y aquello provocó que el otro guardia amagara con darle un cabezazo. El procesado respondió sacando de su funda, unos pocos centímetros, el arma reglamentaria hasta que otro compañero le empujó la mano hacia abajo y volvió a enfundarla. Dicho altercado culminó con el agente gritándole al acusado "tú lo que tienes que hacer es suicidarte".

Al ser informado el teniente de lo ocurrido, acordó retirar el armamento al agente que se sentó en el banquillo, que reaccionó muy nervioso y fue en tal estado de agitación cuando dijo que si le pasaba algo "le mataría a él y a su familia". Posteriormente fue trasladado a las Urgencias hospitalarias donde se le diagnosticó "crisis de ansiedad con insomnio".

Sobre la expresión amenazante y el hecho de que pudiera extraer su arma parcialmente, el Tribunal Militar considera que no constituyen delito. El otro agente ni siquiera observó si había sacado o no el arma y en cualquier caso, dice la sentencia, "para consumar el delito se debe llegar a producir la llegada del anuncio como amenaza a su destinatario". Así, sobre las palabras que vertió el acusado dice la Sala que "exteriorizó sus pensamientos con expresiones desafortunadas pero no tenía la intención de perturbar la tranquilidad del otro guardia civil o de atemorizarle".