Un año de cárcel es la pena a la que se enfrenta este martes el hombre que abofeteó a su pareja durante la retransmisión de un directo de TikTok cuando ella estaba conversando con otros tres jóvenes, vídeo que acabó haciéndose viral y motivó la detención durante unas horas del autor de la agresión.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Soria acogerá esta vista después de que el acusado rechazara a principios de febrero un acuerdo de conformidad con la Fiscalía en el juicio rápido al que se sometió tras su arresto ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3, con competencias en materia de Violencia sobre la Mujer.

Posible condena

La Fiscalía pide para él un año de prisión por un delito de maltrato de los artículos 153.1 y 153.3 y la privación del permiso para portar armas durante tres años, además de la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima durante el mismo periodo de tiempo.

En el vídeo que llevó a la apertura de estas actuaciones judiciales se podía observar como una usuaria de TikTok recibía una fuerte bofetada mientras se encontraba conversando en directo con tres chicos jóvenes.

En el momento de la agresión, la víctima manifestó que la había golpeado su padre, aunque en un directo posterior explicó que era su pareja quien la había abofeteado.

Detención

Ante la repercusión de esta imágenes, el hombre se personó en dependencias de la Comisaría provincial de Soria para comunicar que, a raíz de ese vídeo y por el alcance que estaba teniendo, estaban recibiendo muchas amenazas e insultos.

Sin embargo, tras las indagaciones de los agentes, la Policía decidió proceder a su detención como presunto autor de la agresión.

Poco después se celebró el juicio rápido, pero el acusado se acogió a su derecho a no declarar, al igual que su pareja, quien además renunció a cualquier medida de protección, así como a contar con asistencia letrada y a ser reconocida por el médico forense.

Juicio rápido

Ante esta situación, la Fiscalía pidió, como medida cautelar hasta la celebración del juicio de este martes, una orden de protección, solicitud que el Juzgado denegó.

Y es que según el Juzgado "con los datos disponibles hasta ahora no se aprecia que concurra una situación objetiva de riesgo" para ella y que "desde que sucedieron los hechos (hace cuatro días) el matrimonio ha seguido conviviendo".

Además tuvo en cuenta que el investigado carece de antecedentes penales y que la mujer no ha formulado denuncia contra su marido.

Es más, en su declaración como perjudicada, pidió que no la separen de su marido y que tampoco separen a su hijo de 2 años de su padre.

Para la orden de protección se precisan dos requisitos: que haya indicios de la comisión de un delito, que sí se aprecia en este caso, y que haya una situación objetiva de riesgo, algo que el juez no ve.