La aplicación de la ley de amnistía, una vez sea aprobada por las Cortes, tendrá su primer dique de contención en el Tribunal Supremo, donde todo apunta a que acudirá al Tribunal Constitucional y a Europa para frenar cualquier afectación hacia los líderes independentistas huidos y condenados por el procés.

Esta ley implica anular la "responsabilidad penal, administrativa y contable" de los condenados, procesados e investigados por delitos vinculados con el proceso soberanista de Cataluña durante una década, entre el 1 de enero de 2012 y el 13 de noviembre de 2023, en cualquier juzgado o tribunal del territorio nacional.

La ley da dos meses a los tribunales para aplicar la amnistía desde su entrada en vigor, pero, salvando los escollos en las cámaras, cuya tramitación no estará exenta de polémicas y llevará tiempo, su aplicación directa e inmediata se antoja complicada porque existen herramientas legales que pueden dejar en suspenso los efectos legales que se persiguen con la norma.

LA AMNISTÍA ES RECURRIBLE POR GRUPOS POLÍTICOS, AUTONOMÍAS Y JUECES

La ley de la amnistía es recurrible ante el Constitucional por grupos parlamentarios -solo podría el PP y ya ha anunciado que lo hará- y por comunidades autónomas -varias gobernadas por los populares están dispuestas a ello-, y también puede hacerlo el Defensor del Pueblo.

En estos casos, la suspensión de la norma no es automática sino que tendría que pedirse vía medida cautelar y acordarla el TC, en cuyo caso todas las causas judiciales quedarían paralizadas.

No obstante el escenario cambia si son los juzgados y tribunales los que actúan. Antes de acordar el archivo, cualquier juez que haya dictado sentencia o instruya un procedimiento vinculado con los hechos que recoge la ley y que dude de la constitucionalidad de la norma puede plantearlo así ante el Tribunal Constitucional.

Y aquí todas las miradas apuntan al Supremo, que tiene previsto presentar una doble impugnación contra la ley de amnistía, esto es, una cuestión de inconstitucionalidad ante el TC y una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).

LA IMPUGNACIÓN DEL SUPREMO SUSPENDE LA LEY

En ambos casos, esta doble vía acarrea como consecuencia la suspensión de la ley, pero no sería en genérico, sino a los casos que afecten al tribunal que pida la impugnación en cuestión.

El artículo 35 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional dice que "el planteamiento de la cuestión de constitucionalidad originará la suspensión provisional de las actuaciones en el proceso judicial hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre su admisión. Producida esta, el proceso judicial permanecerá suspendido hasta que el Tribunal Constitucional resuelva definitivamente sobre la cuestión".

Mientras que el TJUE deja claro en sus recomendaciones a los órganos jurisdiccionales nacionales que quieran plantear cuestiones prejudiciales que "el procedimiento nacional debe suspenderse hasta que el TJUE haya emitido su fallo".

LA SUSPENSIÓN ABRE LA PUERTA DE ESPAÑA A PUIGDEMONT

Fuentes jurídicas consultadas por EFE explican que el paso del Supremo implica no solo que suspenda la aplicación de la norma sino también el proceso judicial, lo que abre la puerta a que Carles Puigdemont y el resto de fugados puedan regresar a España sin ser detenidos, aunque el TC aún no hubiera resuelto la cuestión.

Pese a que su causa no podría aún ser archivada, las fuentes precisan que no se podría acordar ninguna medida contra él, ni detención ni ingreso en prisión porque precisamente la norma deja las medidas cautelares "sin efecto", lo que tampoco asegura el regreso del expresident, que desconfía de la Justicia española

En paralelo, las decisiones de aquellos jueces que no impugnen la ley y opten por aplicar o no la amnistía a cada caso en concreto son recurribles por las partes, lo que supone una ralentización de los tiempos porque no se aplicarán hasta que sean firmes.

LAS CRÍTICAS AL TC Y LA RÁPIDA RESPUESTA A LA AMNISTÍA

Desde el TC, que será el que tenga la última palabra sobre la constitucionalidad de la amnistía, lamentan que haya sectores que den por hecho que el tribunal de garantías avalará la ley y proclaman la independencia e imparcialidad del tribunal, al tiempo que evitan cualquier juicio de valor sobre la norma.

Es más, las opiniones contra la denominada "mayoría progresista" no han sentado nada bien en el tribunal, con acusaciones directas al presidente del tribunal, Cándido Conde Pumpido.

Respecto a los tiempos, el plazo medio de resolución es de un año, si bien fuentes consultadas por EFE dejan constancia de que al ser un asunto de enorme trascendencia constitucional y de interés general, la norma tendrá especial prioridad y los tiempos se pueden acortar a apenas unos meses.