barcelona - El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a Artur Mas a dos años de inhabilitación para cargos públicos electivos locales, autonómicos o estatales por desobedecer al Tribunal Constitucional (TC), pero si el expresident de la Generalitat catalana decide recurrir la sentencia, ésta no será firme hasta que el Tribunal Supremo resolviese. Hay pocas dudas de que si encontrara un resquicio legal, se presentaría a unas eventuales elecciones (ya sea referéndum independentista o autonómicas en clave plebiscitaria). Sus declaraciones en las últimas semanas han dejado entrever que ganas no le faltan para dar el salto y todo dependerá de los tribunales, además de la voluntad última de su partido.

El president Carles Puigdemont pretenden convocar el referéndum independentista antes de octubre de este año. Si finalmente lo impiden los tribunales, seguramente convocará unas elecciones autonómicas para las que se ha autodescartado, dejando el campo libre a Mas, si sortea el escollo de la inhabilitación. El expresident catalán nunca ha descartado su regreso a la alta política.

Mas descartó ayer ser candidato electoral si el Tribunal Supremo (TS) confirma la condena de inhabilitación y siempre que Catalunya esté bajo la actual “legislación española”, de manera que solo deja la puerta abierta a ir en una lista en caso de independencia. “Estamos bajo la jurisdicción española, que es lo que estamos intentando superar; mientras estemos bajo la jurisdicción española, cumpliremos los trámites para llegar a Europa”, afirmó en alusión al recurso que presentarán al TS, paso necesario para llegar a las instancias europeas.

inhabilitación La ley electoral (Loreg) señala en su artículo 6 que son “inelegibles” los condenados por sentencia judicial firme a pena privativa de libertad en el periodo que dure la pena. Este supuesto queda descartado para Mas que no deberá ir a la cárcel. Pero sí les podría afectar el supuesto que prevé no podrán presentarse a las elecciones los condenados por sentencia -aunque no sea firme- por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado, cuando la sentencia haya establecido la pena de inhabilitación absoluta o de suspensión para empleo o cargo público. Este supuesto es el que podría afectar al expresident catalán ya que, en puridad, la desobediencia no figura entre los delitos contemplados por la ley, aunque para algunos juristas se enmarca en los delitos contra la Administración Pública, lo cual provocaría que la inhabilitación tenga carácter inmediato. - DNA