La votación el jueves en el Congreso de los Diputados de la ley de actualización del Concierto Económico y de la Ley Quinquenal del Cupo 2017-2021 ha vuelto a desatar contra el sistema de relaciones tributarias y financieras entre Euskadi y el Estado un discurso escandalosamente crítico -populista e interesado- tan injusto en su interpretación de la realidad e irracional en su pretensión de achacar al mismo presuntas desigualdades como ignorante de la legalidad. Los ataques de Ciudadanos -también de Compromís- al sistema de Concierto, en primer lugar, obvian la Constitución, que en su Disposición Adicional 1ª “ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales” y en su Disposición Derogatoria considera “definitivamente derogada la ley de 25 de octubre de 1839” y “en los mismos términos la ley de 21 de julio de 1876” lo que de facto reconoce la vigencia del sistema foral y, con él, la necesidad de que las relaciones financieras entre los territorios forales y el Estado se concierten bilateralmente; también ignora el art. 41 del Estatuto de Gernika que estipula dichas relaciones “reguladas mediante el sistema foral tradicional de Concierto Económico”. Pero es que además la pretensión de considerar el Concierto un privilegio no solo no se sostiene en la balanza de la relación que, por ejemplo, sitúa un desequilibrio de 15.000 millones favorable al Estado entre lo abonado por Euskadi de 2001 a 2013 en concepto de Cupo y los gastos estatales a que dicho concepto debería hacer frente, sino que oculta que entraña responsabilidad y riesgo para Euskadi y el hecho de que si todas las CCAA aportaran al Estado lo correspondiente a su porcentaje de PIB, dicha aportación cubriría la totalidad de los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Más aún, criticar el sistema de Concierto desde la pretensión de achacarle el origen de presuntas desigualdades desconoce el art. 158.1 de la Constitución, que permite establecer en los PGE una asignación para garantizar un mínimo de los servicios públicos fundamentales y en base al que se constituye un Fondo de Compensación (al que Euskadi aporta en consonancia) “cuyos recursos serán distribuido por las Cortes”, lo que describe no un problema de desigualdad de recursos sino de gestión irracional y arbitraria de los mismos por quienes han ejercido responsabilidades de gobierno en el Estado, problema que quienes dicen aspirar a sucederles, al parecer, pretenden perpetuar.