Tras la polémica surgida la semana pasada por la prohibición a los bares de vender solo bebida para llevar, el Gobierno vasco ha actualizado el documento Respuestas a preguntas frecuentes en relación a los servicios de hostelería.
Según esta nueva interpretación del Decreto 38/2020, los bares sí podrán vender cafés o bebidas no alcohólicas para llevar, aunque no forme parte de un pedido de comida, pero aclara que "su consumo en la vía pública está expresamente desaconsejado".
Los bares solo podrán vender bebidas alcohólicas para llevar si forman parte de un pedido de comida y recuerda que "que el Decreto prohíbe expresamente el consumo de alcohol en la vía pública".
¿Puedo acudir a algún establecimiento hostelero?
Se determina el cierre total para el servicio a las personas de los establecimientos y servicios de hostelería y restauración, con excepción de los comedores de hoteles y otros alojamientos para servicio de sus clientes alojados. Únicamente se podrá preparar y servir comidas a domicilio o recogida con cita previa hasta las 21:00 horas.
¿Los restaurantes o bares pueden vender bebida o alcohol a domicilio o para recoger?
Podrán vender cualquier tipo de bebida o alcohol para llevar, si forma parte de un pedido de comida y mediante cita previa. No podrán vender sólo bebidas alcohólicas para llevar. Se recuerda que el Decreto prohíbe expresamente el consumo de alcohol en la vía pública.
Sí podrán vender cafés o bebidas no alcohólicas para llevar, aunque no formen parte de un pedido de comida. En todo caso, se recuerda que su consumo en la vía pública está expresamente desaconsejado.
¿Qué bebidas pueden ofrecer los establecimientos tipo pastelería-panadería que complementariamente tiene un servicio de cafetería?
Estos establecimientos pueden servir café o bebidas no alcohólicas; siempre que sea para llevar. En todo caso, se recuerda que su consumo en la vía pública está expresamente desaconsejado.
No podrán vender bebidas alcohólicas para llevar. Se recuerda que el Decreto prohíbe expresamente el consumo de alcohol en la vía pública.
En el interior de estos establecimientos no se puede consumir ni bebida ni comida, ni productos de panadería o pastelería.