vitoria. El Ararteko ha pedido a los ayuntamientos que cumplan con su obligación de inscribir en el Padrón municipal a las personas sin hogar y a los menores tutelados que viven en centros residencales. El Defensor del Pueblo vasco hizo esta recomendación a los consistorios para que ofrezcan a los más desfavorecidos información "por escrito" sobre los requisitos y la tramitación del procedmiento para inscribirse en los respectivos censos locales. Precisamente, esta recomendación llega apenas unas semanas después de que el Ejecutivo local de la capital alavesa, en manos del PP, anunciase a bombo y platillo la puesta en marcha de una policía del Padrón para controlar posibles irregularidades en el mismo con el fin de filtrar a los perceptores de ayudas sociales.

En ese sentido, la institución recuerda en su recomendación que la inscripción en el Padrón es una condición imprescindible para acceder a derechos sociales como la tarjeta sanitaria, las ayudas sociales o de vivienda. También afirma que los ayuntamientos deben inscribir en el Padrón a las personas que tienen la residencia efectiva el municipio, con indepenencia de la existencia o no de título legal de ocupación de la vivienda en que residen o de las condiciones de habitabilidad de la misma o sus condiciones.

El Ararteko señala que los ayuntamientos deben facilitar un escrito a las personas en esta situación en el que debe constar en el plazo de tramitación y en el caso de personas extranjeras que no tienen permiso de residencia permanente, debe detallar que "es obligatorio renovar la inscripción en el Ppadrón y los efectos que implica el no hacerlo". Además, los servicios municipales deben elaborar un informe para acreditar la residencia efectiva de las personas sin hogar a fin de que éstas soliciten la inscripción y puedan empadronarse en la fecha en la que presentaron la petición.

El Ararteko pide también crear un protocolo de actuación para los casos de personas sin hogar en el que se establezca la intervención de los servicios sociales. En este sistema debería constar el derecho a la inscripción en el Padrón municipal de las personas que residen efectivamente en el municipio, incluidas las que vivan en un centro residencial.

Menores y el derecho superior En el caso de los menores tutelados, desde la oficina del Defensor del Pueblo de la comunidad autónoma se recuerda a los ayuntaientos que deben "atender al interés superior del menor" y llevar a acabo la inscripción en el Padrón con los datos que disponga la Diputación foral que le tutela. >efe/dna