La misma Asociación Vitoriana de Patinetes Eléctricos (VPE) tenía claro que lo que se debía hacer era multar a todos los infractores que hacen un uso indebido de estos vehículos de movilidad de personal, los cuales ya suponen el 25% de los desplazamientos de la capital alavesa.
Y eso, es precisamente, lo que hará el Ayuntamiento, ya que, según ha podido saber DIARIO DE NOTICIAS DE ÁLAVA, una de las principales novedades de la propuesta para la nueva normativa específica acordada por el equipo de gobierno (PSE/PNV) con el Partido Popular incluye un amplio abanico de multas que oscilan desde los 45,08 euros por no llevar el alumbrado reglamentario o por estacionarlos fuera de los espacios acondicionados a los 200 euros por las cinco más graves.
En concreto, por circular por espacios peatonales, por manipularlo alterando su velocidad o características técnicas, por conducir sin la edad mínima permitida (15 años), por no llevar el casco obligatorio y, por último, por no tener el seguro de responsabilidad civil.
Calendario
No obstante, hasta que el Pleno no dé su visto bueno a su aprobación inicial, fijada el 15 de diciembre, a la regulación que se plantea todavía se le pueden hacer cambios, empezando por la introducción de enmiendas, cuyo plazo de presentación acabó ayer mismo.
Tras ello, llegará el debate de las mismas, previsto para el día 15 de este mes, si el expediente está completo, porque en caso contrario, la siguiente fecha sería la del 29. Tras la aprobación inicial del Pleno del día 15 de diciembre, se publicaría este acuerdo en el BOTHA (Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava) y se iniciaría el plazo para alegaciones (mínimo 30 días hábiles).
Y, a continuación, habría que llevarlas de nuevo a comisión, para su estimación. Luego, de nuevo al Pleno, para su aprobación definitiva, hasta que finalmente el BOTHA lo publique y entre en vigor un día después. En definitiva, un complejo calendario que empezó el pasado 18 de octubre, cuando el Gabinete Etxebarria dio su sí a la propuesta de los populares con el fin de adaptar la ley estatal y acabar con el “descontrol”.
Por tanto, se trata de actuar a fin de asegurar “un uso adecuado del espacio público” y con las debidas garantías de seguridad vial, en beneficio de todos los vitorianos.
No en vano, su mayor uso también ha provocado que aumenten también los accidentes en los que están implicados. Solamente en lo que vamos de año, ha habido un 16% más, con 183 siniestros. En 2022 hubo 228, con 137 personas heridas, y en 2021, 150 con 93 víctimas.
Zonas y comercialización
Aparte de sanciones, la propuesta aborda otras cuatro cuestiones. La primera de ellas es la definición de qué es un VMP (Vehículo de Movilidad Personal) y concreta que son los de una o más ruedas, dotados de una única plaza, “propulsados exclusivamente por motores eléctricos y que alcanzan velocidades de entre 6 y 25 kilómetros por hora”.
La segunda cuestión pone fin al conflicto de por dónde pueden circular. Así, los VMP tendrán permiso para circular tanto por las vías ciclistas exclusivas (pista bici, acera bici y carril bici) como por las vías ciclistas compartidas (carril bus bici, senda bici y bici compartida con el tráfico motorizado).
Va en línea, por tanto, de la normativa vigente para bicis. De hecho, en cuanto a los estacionamientos, también podrán aparcarlos en los mismos lugares establecidos para las bicicletas.
No obstante, se prohibirá que vayan por “la totalidad de espacios peatonales” y en las vías ciclistas compartidas con los peatones en cualquier franja horaria.
El tercer aspecto tiene que ver con las condiciones de uso y en este sentido, es contundente en todo lo que tiene que ver con seguridad, al establecer una edad mínima de 15 años para los usuarios de VMP, imponer el uso del casco y exigir el alumbrado entre la puesta y salida del sol y en condiciones de baja visibilidad.
Aparte, será obligatorio tener contratado un seguro de responsabilidad civil.
Por último, la propuesta también concreta que todo VMP destinado a actividades de explotación comercial, requerirán de autorización previa municipal para el ejercicio de la actividad y deberán cumplir con ciertas condiciones.
Y en el caso de que se ejerza la actividad comercial, sin la preceptiva autorización, se facultará a los agentes para la retirada de los VMP de las vías públicas.
Ordenanza
La luz verde a la creación de esta norma específica para patinetes no impedirá que se apruebe la nueva ordenanza de movilidad, tal y como se tenía previsto hacer desde hace un par de años.
Se hará de forma paralela para tener lo antes posible esta norma específica de patinetes, ya que hasta ahora se quedaban en el aire los lugares por los que los podían circular, puesto que la DGT solo fijaba que circularan por la calzada. De esta manera, quedaba en manos de cada Consistorio si podían o no ir por bidegorris o por las zonas peatonales.
La propuesta
- Definición. Se entiende por vehículos de movilidad personal
- (VMP) los de una o más ruedas propulsados por motores eléctricos de una única plaza y velocidad
- entre 6 y 25 km/h.
- Espacios de circulación. Se autoriza a los vehículos de movilidad personal (VMP) a circular tanto por las vías ciclistas exclusivas (pista bici, acera bici y carril bici) como por las vías ciclistas compartidas (carril bus bici, senda bici y bici compartida con el tráfico motorizado). Queda prohibida la circulación de los VMP en la totalidad de los espacios peatonales y en las vías ciclistas compartidas con los peatones en cualquier hora.
- Estacionamiento de los VPM. Podrán aparcar en las mismas
- condiciones que las establecidas en la normativa para las bicicletas.
- Condiciones de uso. La edad mínima permitida para circular con un VMP por el espacio público es de 15 años. Es obligatorio el uso del casco. Es obligatorio el uso de alumbrado entre la puesta y salida del sol y en condiciones de baja visibilidad. Es obligatorio un seguro de responsabilidad civil.
- Actividades de explotación comercial. Los VMP destinados a actividades de explotación comercial requerirán previa autorización municipal para el ejercicio de la actividad.
Multas graves: 200 euros
Según la propuesta, se multará con esta cantidad por cinco razones: por circular por espacios peatonales, por circular con un VMP manipulado por alterar la velocidad o sus características técnicas, por conducir sin la edad mínima permitida (15 años), por no llevar el casco obligatorio y, por último, por no tener el seguro de responsabilidad civil.
Multas leves: 45,08 euros
Se multará por esta cantidad, de aprobarse así la propuesta, si el usuario no lleva las luces de posición a la salida o puesta de sol y en condiciones de baja visibilidad o por amarrar o estacionarlo fuera de los espacios acondicionados.