a convocatoria de nuevo por el lehendakari, Iñigo Urkullu, de las elecciones al Parlamento Vasco pospuestas por la pandemia el pasado 5 de abril y el debate partidario respecto a la conveniencia de celebrarlas en determinadas fechas no puede ni debe ocultar la doble realidad de los condicionamientos legales y las previsiones sanitarias. En el primer aspecto, no hay duda alguna respecto a la obligación de celebrar las mismas según el art. 46 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco que dicta que, como muy tarde, “el Decreto de convocatoria de elecciones se expedirá el día vigésimo quinto anterior a la expiración del mandato del Parlamento Vasco”. Es decir, el lehendakari está forzado a convocarlas como muy tarde veinticinco días antes del 25 de septiembre, fecha de las anteriores elecciones, por lo que su celebración, 54 días después, no puede nunca ser después del 25 de octubre ni, por ese paréntesis de 54 días, antes de julio. Es, por tanto, en esos cuatro meses de julio a octubre que hay que tener en cuenta la segunda -y cruda- realidad, la pandemia y las previsiones sanitarias. Estas constatan un riesgo real de rebrote en otoño y desaconsejan por tanto esperar a la parte final de dicho periodo. A partir de ahí y dado que el mes de agosto se considera inhábil electoralmente debido a que el periodo vacacional condiciona el derecho a voto, y que también influiría en el caso de que los preparativos o la campaña se desarrollaran en todo o en parte durante el mismo, parece lógico pensar que el mes de julio, siempre y cuando las condiciones de salud pública lo permitan, es el más adecuado tanto desde el punto de vista de la garantía sanitaria como de garantía democrática para la cita electoral. Hay, sin embargo y además, una tercera realidad: la situación socioeconómica de Euskadi a consecuencia de la parálisis provocada por el coronavirus y la necesidad, la urgencia, de hacerle frente. Convocar las elecciones en julio permitiría constituir el Parlamento y conformar un gobierno con la robustez y el tiempo necesario para diseñar las principales políticas de impulso a la economía y al empleo así como de readecuación y fortalecimiento de los servicios sociales y para su traducción presupuestaria; en otras palabras, para redefinir el modelo, papel y ambiciones de Euskadi en una Europa y un mundo cambiantes.
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