Las empresas podrán aplicar el Mecanismo de Sostenibilidad del Empleo (MSE), el nuevo esquema llamado a sustituir a los actuales ERTE extraordinarios, durante un máximo de un año si se logra acuerdo con la representación de los trabajadores y de seis meses si no hay acuerdo.

Así se recoge en el último documento del Ministerio de Trabajo y los agentes sociales y que incluye también novedades respecto a los límites a la temporalidad, unos temas que Gobierno, patronal y sindicatos volverán a abordar en la reunión de la mesa de reforma laboral de la semana que viene.

Entre los detalles que avanza esta propuesta, está que las empresas podrán solicitar estos nuevos expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) postpandemia cuando demuestren causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) o por necesidades de recualificación de sus trabajadores para garantizar su permanencia en la empresa.

También en caso de procesos de transición profesional de trabajadores hacia empleos en otras empresas o sectores.

EXENCIONES Y PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

El documento recoge que las empresas y trabajadores afectados por uno de estos nuevos esquemas tendrán acceso a "beneficios en materia de cotizaciones y de protección por desempleo", que deberán ser determinados en un desarrollo reglamentario posterior.

No obstante, los beneficios en materia de cotizaciones de la empresa estarán condicionados al mantenimiento del empleo de los trabajadores afectados hasta seis meses después de terminar la aplicación del MSE.

Las exenciones en las cotizaciones también estarán condicionadas al desarrollo de acciones formativas y, en el caso de que el mecanismo se aplique en procesos de transición profesional hacia otras empresas o sectores, se deberá garantizar la recolocación de, al menos, el 20 % de los trabajadores afectados.

Durante la aplicación del MSE estará prohibidas las horas extra, las externalizaciones de la actividad y las nuevas contrataciones.

En la última prórroga de los ERTE de pandemia, que se pondrá plenamente en marcha en noviembre, la formación ya influye en las ayudas que reciben las empresas, en forma de exoneraciones en las cuotas que pagan a la Seguridad Social.

En este esquema, las bonificaciones ascienden al 80% si dan esa formación y se rebaja ese apoyo al 40% o 50%, en función del tamaño de la empresa, si no lo hacen.

EMPLEO TEMPORAL, LIMITADO AL 15% DE LA PLANTILLA

El documento propone también limitar el peso de los contratos temporales en puestos estructurales al 15% de las plantillas, como medida para acotar una temporalidad que actualmente en España es del 25%. De esta forma, deja fuera de esa tasa del 15% los contratos laborales en los que concurren razones de carácter productivo u organizativo.

La propuesta entiende por razones productivas, el incremento "ocasional e imprevisible, fuera de cualquier ciclo de reiteración regular de la actividad de la empresa que, aún tratándose de la actividad normal de esta, no pueda ser atendido con su plantilla habitual".

De esta forma, computarían en esta tasa del 1 % los trabajos estacionales y actividades de temporada, así como aquellos que procedan de contratas, subcontratas o concesiones administrativas, siempre que realicen la actividad habitual de la empresa de forma ordinaria.

Respecto a las razones organizativas, el texto especifica que sólo se entenderán así las sustituciones de un trabajador con derecho a reserva de puesto o durante sus vacaciones y en ellas debe especificarse el nombre de la persona sustituida y la causa.

Gobierno y agentes sociales trabajan con intensidad en este y otros puntos, como negociación colectiva o subcontratación, en aras de cambiar, antes de final de año y si es posible con acuerdo de todas las partes, puntos clave de la legislación laboral comprometidos con Bruselas.