- Los desplazamientos fuera de Euskadi se permitirán solo en días muy concretos, del 23 al 26 de diciembre y del 30 de diciembre al 2 de enero, y esta excepción está contemplada para dirigirse al lugar de residencia habitual de algún familiar o persona allegada.
El desplazamiento tiene que estar justificado mediante el documento que acompaña este texto y que se puede descargar desde el Boletín Oficial del País Vasco vigente desde hoy. En él hay que indicar los datos de la persona responsable de la declaración, además de la relación con la persona a la que se va a visitar y la razón del desplazamiento. También hay que indicar el nombre, el DNI y el domicilio de ese familiar o allegado, además de su teléfono de contacto.
Aclara la Ertzaintza que "la inexactitud o falsedad de cualquier dato o información que se incorpore en la declaración responsable determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar".