pamplona. Luciano Varela, juez del Tribunal Supremo (TS) que instruye la causa contra el magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por un presunto delito de prevaricación al intentar investigar las desapariciones del franquismo, ha expulsado a Falange Española y de las JONS del proceso. Su decisión implica que el partido ultraderechista -uno de los tres querellantes, junto al pseudosindicato Manos Limpias y Libertad e Identidad- ya no podrá acusar al juez, para el que pedía 20 años de inhabilitación.

Las valoraciones ideológicas no fueron rectificadas por Falange, razón por la que Varela ha decidido anular su escrito. Las otras dos acusaciones, Manos Limpias y Libertad e Identidad, sí subsanaron a tiempo los errores de sus escritos, en los que también solicitaban 20 años de inhabilitación, por lo que sí podrán sentar al magistrado en el banquillo.

El instructor concedía a Falange un día para que "subsane el defecto" indicado, "con expresa advertencia de que, de no cumplimentar el requerimiento, se le tendrá por precluida en el derecho a formular acusación", lo que significa que no podrá acusar a Garzón si no presenta un escrito del que haya purgado las "múltiples valoraciones" que incluye y que hacen que el texto pueda "entenderse más como una exposición para el debate ideológico sobre acontecimientos históricos que el presupuesto para la estricta determinación del objeto del proceso". De ahí que algunos expertos consideren que es un intento del instructor de desvincularse de la acusación que concita la mayor indignación por parte de los principales detractores de este procedimiento, las víctimas del franquismo. Mientras tanto, el juez Garzón considera que las resoluciones por las que el juez Luciano Varela exigió a Falange y Manos Limpias que corrigieran los defectos de sus respectivos escritos de acusación contra Baltasar Garzón afectan a la neutralidad del instructor de la causa abierta al juez de la Audiencia Nacional por investigar el franquismo, y convierten a Varela en parcial. Ese es, en resumen, el contenido del recurso de apelación contra ambas decisiones.

Garzón considera que esas resoluciones, en las que Varela orientaba a las acusaciones, no están amparadas "en ningún precepto de la normativa procesal vigente" y son manifiestamente ajenas a las normas esenciales del procedimiento. Esa intervención del instructor del caso es, según el juez de la Audiencia, "parcial", ya que, a su juicio, vulnera "de forma clara y decisiva la imprescindible neutralidad e imparcialidad que debe presidir la labor" de Varela. "Dar oportunidades atípicas y extraprocesales a una de las partes no es algo neutral o que no afecte al resto de los intervinientes", mantiene Garzón. "Y si el perjudicado es el reo, la conducta del juez no sólo afecta al derecho a un juez imparcial, sino que lesiona el derecho de defensa", además de la presunción de inocencia.