La inspección concluye que hay que actuar ya en las casas de Santo Domingo
El Ayuntamiento de Vitoria explora una nueva vía que habla de expropiación
Grietas antiguas y otras nuevas de calado en paredes del exterior e interior; en escaleras y suelo; carcoma en la madera; filtraciones de agua y humedades hacia la fachada del caño, posible rotura de vigas, movimientos en la estructura; desprendimiento de falsos techos, daños en la carpintería, etcétera.
Éstos son algunos de los desperfectos que los técnicos del Ayuntamiento se han encontrado tras la inspección realizada en octubre de 2024 a las casas desalojadas hace más de siete año en la calle Santo Domingo 40 y 42 del Casco Viejo de Vitoria, y a las que aún no han regresado las familias, al no ser habitables.
Los edificios de la calle Santo Domingo se deterioran a pasos agigantados sin solución a la vista
Como conclusión, señala el informe de la inspección que, “una vez comprobada la degradación progresiva, “procede acometer con la mayor brevedad posible las obras mínimas para devolver la estabilidad, seguridad y estanqueidad a los edificios”.
Sin solución a la vista, la situación está estancada desde 2017, cuando el Ayuntamiento decidió sacar de los edificios a las 10 familias afectadas debido a la falta de seguridad de las casas. Desde entonces, no se han acometido reformas de calado, y los dueños de los pisos argumentan que no tienen dinero para pagar las reformas necesarias, valoradas en su día en 345.000 euros. Por ello, solicitaron al Ayuntamiento la declaración de ruina económica, no concedida.
Ahora, el gobierno municipal, en base al informe elaborado tras la última inspección exige a los propietarios dos obras mínimas: eliminar todos los falsos techos o revestimientos, y reconducir las aguas de pluviales hacia el sistema de alcantarillado, además de eliminar las filtraciones procedentes de las cubiertas situadas en la zona del caño.
10 días de plazo o multas
Para ello, da un plazo de 10 días. Si no realizan dichos arreglos en plazo, el Ayuntamiento podrá ejecutar de forma subsidiaria las obras y, después, girar la factura a los dueños. También imponer hasta diez multas coercitivas, con periodicidad mensual, cada una del 10% del coste estimado de los trabajos, todavía sin presupuestar.
Con todo, son dos intervenciones que, aunque necesarias, no solucionan definitivamente el problema, ya que más adelante habría que realizar catas para conocer el estado real de la estructura del inmueble, antes de una rehabilitación completa apuntan Elkarrekin y EH Bildu.
Ambos partidos se mostraron este lunes muy críticos con el gabinete Etxebarria después de escuchar las explicaciones del concejal de Modelo de Ciudad, Borja Rodríguez.
“PSE y PNV han demostrado muy poca voluntad para solucionar este problema”, entiende el edil soberanista Xabier Ruiz de Larramendi. Considera el concejal que, si no es desde lo público, es decir, desde el Ayuntamiento, el problema no se va a solucionar en Santo Domingo.
Además, censura que el Ayuntamiento tarde 14 meses en responder la solicitud de ruina económica hecha por los propietarios y, en cambio, le exija realizar dos obras en 10 días o les impone 10 multas coercitivas. “Como si la situación de los vecinos del Casco Viejo fuera la misma que la de los propietarios del palacio Álava-Esquível. Y ahí tenemos a la ciudad de Tánger, que ni paga multas ni impuestos en Vitoria ni nada y, pese a ello, el Ayuntamiento le trata con total comprensión”, critica.
Desde Elkarrekin, el edil Óscar Fernández, lamenta que “sigamos en el mismo punto de partida”, y advierte al gobierno de que va a acabar derribando más edificios en el Casco Viejo de los que rehabilita.
Otra posible solución
Ante este complejo problema, el gabinete Etxebarria explora nuevas vías que incluso contemplan la expropiación.
En este sentido, explica Rodríguez que la ley de vivienda de Euskadi contempla una figura que no se ha utilizado nunca en Vitoria, aunque esto no implica que, finalmente, se vaya a aplicar en el caso de Santo Domingo. Se refiere el edil a la declaración de necesidad de rehabilitación, recogida en el artículo 42, que dice así:
“Además de aquellos que estén incluidos dentro de un área de regeneración urbana o figura urbanística asimilable, los ayuntamientos o, en caso de inactividad de éstos, el departamento competente en materia de vivienda del Gobierno Vasco, podrán declarar, motivadamente, en estado de necesidad de rehabilitación edificios específicos o conjuntos de ellos. Esta declaración habrá de ir acompañada de una descripción de la solución técnica y de la valoración económica de cada uno de los inmuebles afectados, en orden a proceder a su rehabilitación”.
Y añade que “la inclusión de un edificio dentro de la delimitación de un área de regeneración urbana o figura asimilable con arreglo a la legislación urbanística, así como la declaración de estado de necesidad de rehabilitación prevista en el apartado anterior, llevará implícita la declaración de utilidad pública y de necesidad de ocupación de los bienes y derechos precisos, incluyendo la imposición de las servidumbres legales pertinentes, todo ello a los efectos de la aplicación del régimen de venta o sustitución forzosa o, en su caso, su expropiación forzosa”.