El Ministerio de Trabajo lleva este martes al Consejo de Ministros la norma que extiende la prevención de riesgos laborales a las empleadas del hogar, que tendrán derecho a la evaluación de riesgos de su puesto y a exámenes médicos periódicos, nuevas obligaciones para quienes las emplean, cuyo cumplimiento será facilitado por el Estado.

El real decreto, al que ha tenido acceso EFE, prevé que el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ponga a disposición de las personas empleadoras la herramienta que permitirá evaluar el puesto y que las empleadas realicen la formación por internet, en tanto que los reconocimientos médicos se incluirán en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.

De esta forma, las familias que emplean personal en sus casas no tendrán que asumir en principio mayores costes, salvo que quieran contratar un seguro que les provea el servicio. El coste, en cualquier caso, "no deberá recaer en modo alguno sobre las personas trabajadoras", aclara la norma.

La norma también prevé la implantación de un protocolo de actuación frente a situaciones de violencia y acoso en el servicio del hogar familiar, que será elaborado por e INSST en el plazo máximo de un año desde la publicación del real decreto.

La entrada en vigor no llegará hasta 2026

Los plazos establecidos en la norma retrasarán al menos hasta enero de 2026 la entrada en vigor de las nuevas obligaciones, que no serán exigibles hasta seis meses después de que el INSST tenga lista la plataforma, un desarrollo para el que dispone de un plazo de diez meses.

La formación obligatoria sobre los riesgos asociados a las tareas del hogar solo se realizará solo una vez aunque se preste servicio en varias casas, y se hará dentro del horario de trabajo si es posible, o fuera de la jornada pero compensable con tiempo de descanso equivalente.

El reconocimiento médico también es único, aunque se tengan varios empleadores, con una periodicidad trienal, y requerirá del expreso consentimiento de la persona trabajadora con "las debidas garantías de respeto a su intimidad".

El empleador asume la provisión gratuita de "los equipos de trabajo adecuados para el correcto desempeño de sus funciones" y los repondrán cuando resulte preciso.

Además, tendrá la obligación de informar y adoptar las medidas necesarias en caso de peligro grave e inminente en el hogar, supuesto en el que no podrá exigirse la reanudación del trabajo mientras persista el peligro.

Nuevos derechos para un colectivo "históricamente discriminado"

En el texto, que ha sido consensuado con los sindicatos, el Gobierno considera que "el trabajo de las personas empleadas de hogar ha sido históricamente objeto de un tratamiento normativo degradado y claramente discriminatorio, que no era sino el fiel reflejo de la valoración que desde los poderes públicos se hacía de esta actividad entendida como subalterna y de escaso valor económico".

Esta valoración, añade, responde a "una actividad casi completamente feminizada", en una sociedad que "minusvaloraba los cuidados y ahonda en la discriminación de la mujer en el trabajo".

"El avance en los derechos reconocidos a este colectivo constituye una cuestión de justicia social", añade el texto.