La empresa cooperativa es una experiencia compartida en la que las personas socias tienen derechos, pero también obligaciones porque se crea un compromiso con el resto de las personas para sacar el proyecto adelante.
Las diferentes cooperativas responden a las necesidades de las personas que la impulsan por ello hay diferentes tipos: agrícolas, de consumo, de enseñanza. Pero el distintivo principal del cooperativismo vasco y que le ha convertido en un referente mundial son las cooperativas de trabajo asociado.
Iñigo iñurrategi / Mondragon Corporación
En este tipo de empresa cooperativa se da la particularidad de que puede haber personas socias colaboradoras, que no participan directamente en la actividad, pero sí aportan otro tipo de colaboración, ya sean recursos o capital.
Por sus valores y principios las cooperativas no discriminan a ninguna persona que quiera formar parte del proyecto empresarial, aunque tendrá que cumplir unos requisitos y asumir el régimen interno de la cooperativa.
En las cooperativas de trabajo asociado se da la particularidad de que puede haber personas socias colaboradoras, que no participan directamente en la actividad, pero sí aportan recursos o capital.
La persona cooperativa adquiere unos derechos y también unas obligaciones, así debe cumplir los acuerdos adoptados en la Asamblea General y el Consejo Rector de la Cooperativa. Asistir y votar en la Asamblea General es un derecho y un deber, al igual que participar en las actividades de la cooperativa, en sus resultados económicos o ser una persona electora y elegible para los diferentes puestos organizativos.
En la medida en que la cooperativa tienen un carácter autogestionado y democrático, es decir una persona, un voto, es imprescindible que la persona actúe con responsabilidad, primando el interés colectivo frente al individual y en el que la solidaridad fundamente todas las decisiones.
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