Vitoria, 15 oct (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha admitido a trámite una denuncia interpuesta contra el alcalde de Valdegovía (Álava) y parlamentario del PNV, Juan Carlos Ramirez-Escudero, por supuestamente otorgar en 2011 una licencia para reconstruir un edificio en contra del criterio del arquitecto municipal.

La Sala de lo Civil y lo Penal del TSJPV ha hecho público hoy un auto en el que se declara competente para conocer la denuncia interpuesta contra este edil en su calidad de parlamentario vasco y considera que los hechos que se le imputan podrían ser constitutivos de un delito sobre la ordenación del territorio y el urbanismo.

La Sala admite así a tramite este caso y designa magistrada instructora para continuar con el procedimiento.

Los hechos, que provienen de un juzgado de Amurrio (Álava), se iniciaron por una denuncia interpuesta contra el primer edil de Valdegovía por la Junta Administrativa de Caranca y Mioma por un permiso otorgado para rehabilitar un edificio en esta última localidad.

El auto relata que el 25 de junio de 2009 el Ayuntamiento de Valdegovía inició un expediente para declarar en ruina un edificio en Mioma, cuyo propietario solicitó un año más tarde, en junio de 2010, permiso para poder reconstruirlo.

El 24 de febrero de 2011, la arquitecta municipal de Valdegovía emitió informe en el que se rechazaba la posibilidad de reconstrucción.

A pesar de ello, en abril de ese año, el propietario del edificio volvió a solicitar permiso de obras para su reconstrucción con un presupuesto de 42.000 euros y la arquitecta emitió de nuevo informe desfavorable.

Sin embargo, el alcalde de Valdegovía a través de un decreto de la Alcaldía concedió licencia municipal para poder llevar a cabo la reconstrucción del edificio "contraviniendo los informes referidos y la legalidad en ellos expresada", según se recoge en los fundamentos de derecho del auto.

Ante estos hechos, el Ministerio Fiscal pidió al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que emitiera opinión sobre su competencia y sobre la posibilidad de estimar si los hechos relatados pudieran constituir un delito de prevaricación o un delito sobre la ordenación del territorio y el urbanismo, al tiempo que reclamó que continuara la instrucción de la causa.

Ahora, la Sala de lo Penal y Civil considera que sí es competente para conocer esa denuncia por ser el acusado un parlamentario ya que el Estatuto de Autonomía establece que la "inculpación, prisión procesamiento y juicio" de los miembros del Parlamento Vasco corresponden al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Además, la Sala considera que examinado el relato de hechos se pudiera estar ante un delito sobre la ordenación del territorio y el urbanismo.

Ante esta resolución, existe posibilidad de impugnación mediante recurso de súplica ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de tres días. EFE