El Tribunal Constitucional analizará en su próximo pleno una propuesta de sentencia que considera inconstitucional el confinamiento decretado durante el primer estado de alarma. La ponencia considera que algunos derechos fundamentales ligados con la movilidad no se limitaron sino que se suspendieron, algo que no permite el estado de alarma y que sí contempla el estado de excepción.

En Onda Vasca-Grupo Noticias, el profesor de Derecho Constitucional de la UPV/EHU, Javier Tajadura, afirma que no le extrañaría que el Constitucional anulase las multas, pero recuerda que el tribunal tiene la capacidad de administrar las consecuencias de la sentencia. Pone como ejemplo anulaciones sobre el impuesto de la renta que no han supuesto que Hacienda tuviera que devolver el dinero. Aun así, resalta que se podría decretar la nulidad de las multas es posible ante las deficiencias que "tenía el estado de alarma que no establecía un régimen sancionador". En cualquier caso, matiza, para esto sería necesario un procedimiento distinto.

En opinión de Tajadura este caso pone de manifiesto que "hay una deficiencia en el sistema procesal" y que habría que establecer un recurso preferente frente a los decretos de alarma para que el Constitucional se pudiera pronunciar sobre su contenido en un periodo de tiempo más corto y no más de un año después. El profesor cree que la sentencia del Constitucional será importante de cara al futuro.