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El Supremo abre la puerta a hacer fijos a los interinos que superaron una OPE sin obtener plaza

No permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos como consecuencia directa del abuso en la temporalidad "porque se vulnerarían la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público"

El Supremo abre la puerta a hacer fijos a los interinos que superaron una OPE sin obtener plazaEP

El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo ha fijado un criterio determinante respecto al abuso de la temporalidad en las administraciones públicas, una decisión con impacto directo en el sector público de Vitoria-Gasteiz y el resto de Álava.

El Supremo establece que solo deben adquirir la condición de fijos quienes previamente hubieran superado una prueba selectiva para acceder a un empleo indefinido y que hubieran encadenado después contratos temporales

El Alto Tribunal establece que solo podrán adquirir la condición de fijos aquellos trabajadores que previamente hubieran superado una prueba selectiva para acceder a un empleo indefinido, no obtuvieran plaza en ese momento y, posteriormente, encadenaran contratos temporales.

En su resolución, el tribunal argumenta que la conversión directa en fijos de personal laboral que no haya superado un procedimiento basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad vulneraría la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).

Según el Supremo, actuar de otro modo impediría el acceso al empleo público del resto de los ciudadanos.

Aspirantes en una OPE de Osakidetza.

Indemnizaciones y sanciones por abuso de temporalidad

Para reparar el abuso de la temporalidad y cumplir con el acuerdo marco europeo, el Supremo considera que las medidas adecuadas son el abono de una indemnización económica, siguiendo los criterios del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Además, se remitirá el testimonio de la sentencia a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para iniciar los correspondientes procedimientos sancionadores contra la administración empleadora.

El precedente del caso Obadal

El fallo del martes se alinea con la sentencia del TJUE del 3 de junio de 2021 sobre el denominado caso Obadal.

Bajo esta premisa, la relación laboral se declara fija únicamente si el trabajador superó el proceso selectivo de capacitación pero no obtuvo plaza por la limitación de la oferta, sufriendo después un uso abusivo de la contratación de duración determinada.