El Congreso de los Diputados dio ayer el visto bueno definitivo a la Ley de garantía integral de la libertad sexual. La ley del sólo sí es sí es realidad cuatro años y cuatro meses después de la polémica sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra sobre La Manada, que consideró abuso sexual la violación grupal a una joven madrileña de 18 años en los Sanfermines.

La tipificación penal del delito como abuso en aquella primera sentencia, y el voto particular que emitió el juez Ricardo González que abogaba por la absolución de los cinco procesados, levantó una polvareda ciudadana inmensa. La reacción indignada, que encabezaba el lema No es abuso, es violación, incluso se reflejó en las propias puertas del Palacio de Justicia de Navarra en el mismo momento en el que se conoció el contenido de la resolución. A partir de ahí, PSOE y Podemos empezaron a trabajar ya en la ley y que la joven de Madrid, de 24 años, califica en unas declaraciones efectuadas al diario El País como una ley que “no es solo para mí, es la ley de todas las mujeres”.

Mientras se trabajaba a nivel político para endurecer las penas por delitos sexuales, el periplo judicial del caso prosiguió con distintas incidencias que no contribuyeron a pacificar el clima. De hecho, los condenados fueron puestos en libertad provisional a los dos meses de que se conociera la sentencia de la Audiencia. Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) avaló nuevamente la condena a 9 años de prisión por abuso sexual (con el voto de tres magistrados), pero por primera vez dos jueces observaron agresión sexual y formularon un voto particular en ese sentido. Introdujeron un concepto que resultó decisivo para la condena final. Se trataba de la intimidación ambiental.

El hecho de que cinco hombres, de mayor envergadura, rodearan a una joven en un angosto espacio para llevar a cabo la violación. Los agresores defendieron que aquel fue un acto consentido, pero ¿cómo puede ofrecer una mujer su consentimiento a una relación en una situación como la del portal de Paulino Caballero?

El hecho de no expresar un no, de que no hubiera una negativa, no se podía entender como un consentimiento implícito; y, a su vez, la superioridad numérica de los agresores sobre la víctima y el aprovechamientos de las circunstancias, de la oscuridad, del reducido espacio, del aislamiento, no podían desembocar en una condena por abuso, es decir, en una condena en la que no hubiera reflejo de la intimidación a la que se sometió a aquella mujer. Así lo contempló el Supremo y lo dejó escrito en la sentencia que en junio de 2019 condenó a los cinco agresores de La Manada de Sanfermines por agresión sexual a penas de más de 15 años de prisión.

La ley fue aprobada por amplia mayoría en el Congreso, pero no recibió un apoyo unánime. Salió adelante con el rechazo del PP y Vox tras superar un último trámite parlamentario inesperado por la introducción en el Senado de una enmienda que corregía una vocal del texto (donde decía “los casos de abortos y esterilizaciones forzosas” y se cambió por “forzosos”).