- El Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad concluyó que España “violó el derecho a la educación inclusiva” de un niño con síndrome de Down que fue enviado a un centro de educación especial por las autoridades nacionales, a pesar de la objeción de sus padres. En su primera decisión sobre el derecho a la educación inclusiva, el Comité llegó a la conclusión de que España no evaluó los requerimientos específicos del niño y no adoptó medidas “razonables” que pudieran haberle permitido permanecer en la educación ordinaria. También instó a España a que elimine toda segregación educativa de estudiantes con discapacidad y que garantice que no se persiga penalmente a los padres por exigir el derecho de sus hijos a la educación inclusiva.
El niño, Rubén, estudiaba en una escuela ordinaria de León. Con el apoyo de un asistente de educación especial, mantuvo buenas relaciones en el centro hasta el año 2009. Ese año su tutor “no le aceptó por su discapacidad sometiéndole a situaciones de maltrato”. En junio de 2011, la Dirección Provincial de Educación autorizó la matriculación de Rubén en un centro de educación especial a pesar de la objeción de sus padres. Los padres de Rubén denunciaron los abusos que sufrió ante las autoridades judiciales nacionales, pero no se realizó ninguna investigación efectiva. Por otro lado, las autoridades presentaron una denuncia penal contra los padres por su negativa a enviar a su hijo a una escuela especializada. Finalmente, sus padres presentaron su caso ante la ONU. El Comité, tras atender las alegaciones, solicitó a España garantice que Rubén sea admitido en un programa de formación profesional inclusivo y que se le conceda una indemnización.