Las agresiones denunciadas por los padres de estas dos menores no tienen nada que ver con la presunta existencia de bandas en Vitoria, un fenómeno que ya se encargó de desmentir la propia fiscal de menores de la capital alavesa, Carmen Cotelo, al asegurar que actualmente no le consta la existencia de bandas juveniles en la ciudad. Es posible que los menores cometan un delito o una falta en grupo, algo habitual en estas edades y que conlleva un agravante en la Ley del Menor, pero que dista enormemente de que existan, como tal, bandas organizadas y jerarquizadas que actúen en la capital alavesa. Aunque a los menores de edad condenados por este tipo de delitos no se les aplica el Código Penal, sí que se prevé para ellos medidas de internamiento en centros donde se cumple un régimen de incomunicación o privación de libertad. La diferencia fundamental entre el ingreso en una cárcel de adultos y un centro de internamiento para menores de edad es la duración de la estancia. La Ley del Menor contempla que si el menor condenado alcanza la mayoría de edad cumpliendo el internamiento pasa a ingresar en un centro penitenciario normal.
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