Vitoria. Los jueces de la sección primera de la Audiencia Provincial de Álava han aprovechado la desestimación de un recurso interpuesto por la sociedad Larrein 2004 para llamar la atención sobre el hecho de que el portavoz de dicha firma participa en otras tres firmas bien conocidas por diversos grupos de cooperativistas de Vitoria. En concreto, en una sentencia emitida a finales de febrero y que resulta favorable a una comunidad de vecinos de Salburua anteriormente vinculada con la Cooperativa Gardiluya, los magistrados "toman en consideración la circunstancia de que el representante de la demandante, D. Fernando-Pablo Estívariz Iñarritu, reconoce ser el administrador de Bernedo Obras y Servicios S.L., empresa constructora del inmueble".
Además, el documento hace constar que "D. Fernando tiene una participación del 50% en dicha empresa, que el mismo tiene una participación del 90% en Gestnorte XXI S.L., empresa gestora de la Cooperativa y que su hermana fue uno de los tres socios fundadores y apoderados de la Cooperativa, los cuales acordaron: la contratación de Bernedo Obras y Servicios, la de Gestnorte XXI, así como la contratación para el proyecto del inmueble de Estbar Arquitectura S.L., en la cual el hermano de D. Fernando tiene una participación del 92,62%".
Al margen de esta cadena de participaciones empresariales y relaciones familiares que la Audiencia cita sin que sea esencialmente necesario para la resolución de la causa, los jueces desestiman íntegramente el recurso interpuesto por los representantes de Larrein 2004, que se oponían a facultar al administrador de la Comunidad de Propietarios para que otorgara poderes notariales para pleitos a favor de profesionales de cara a entablar acciones judiciales para la exhibición de los documentos relativos a la Cooperativa Gardiluya.
enfrentamiento Los propietarios de la comunidad de vecinos, que en su día fueron cooperativistas, pusieron punto final a sus relaciones con Gardiluya cuando se constituyó el régimen de propiedad horizontal del inmueble. Sin embargo, los vecinos querían disponer de los documentos necesarios para, tal y como consta en la sentencia, subsanar deficiencias que habían hallado en el edificio. Los representantes de Larrein, como sociedad titular de dos plazas de garaje en el inmueble, contaron con derecho a voto y se opusieron a la exhibición de los papeles de la Cooperativa alegando que ello resultaba "gravemente lesivo para los intereses de la propia Comunidad en beneficio de varios propietarios". El fallo judicial niega este extremo y confirma que el acuerdo alcanzado por los vecinos "se toma precisamente en el interés general". Ahora, los propietarios, que sí aprecian la existencia de "defectos constructivos" y que han encargado la elaboración de un informe técnico a un arquitecto podrán pedir responsabilidades.