- Seis años después de que el Gobierno de Mariano Rajoy aprobará la reforma del Código Penal que incluye la prisión permanente revisable, el Tribunal Constitucional ha avalado esta medida al tumbar un recurso interpuesto en 2015 por el PSOE, entonces en la oposición.
Así, el Constitucional considera que esta polémica medida, que fue aprobada con la mayoría absoluta que entonces ostentaba el PP en el Congreso, no atenta contra la Carta Magna y rechaza por tanto la petición de los socialistas. Según trasladaron a Efe fuentes del tribunal, el resultado de la votación del pleno fue de siete votos en contra del recurso -todos del bloque conservador- y tres a favor de estimarlo -los magistrados de la corriente progresista, que presentarán además votos particulares-.
Respecto al fallo, la ponencia dirigida por la vicepresidenta del Constitucional, Encarnación Roca, fue respaldada en sus términos sin incluir las modificaciones de los progresistas que abogaban por, al menos, suavizar las condiciones que afectan al carácter revisable de la pena, que también existe en varios países europeos como Francia, Alemania e Italia.
Al rechazarse los cambios propuestos por los tres magistrados discrepantes, el TC ha avalado sin más modificaciones los plazos fijados en la reforma del Código Penal de 2015 para revisar los encarcelamiento permanentes, tiempos que oscilan entre los 25 y los 35 años. Sobre la mesa el tribunal tenía varias peticiones para rebajarlos hasta los 15 o 20 años.
“La prisión permanente revisable se ha avalado en sus propios términos, no se ha modificado nada” señalan desde el tribunal, donde reconocen que son “conscientes del tiempo” que ha pasado desde que en 2015 la oposición en bloque recurriera la prisión permanente revisable diseñada por el Gobierno de Mariano Rajoy y que salió adelante con la mayoría absoluta de los populares. Tres años más tarde, en marzo de 2018, el PNV llevó al pleno del Congreso la derogación de este tipo de condenas, pero no logró la mayoría de la Cámara, por lo que la prisión permanente ha seguido aplicándose en el Estado.
Respecto al recurso tumbado ahora por el pleno, los socialistas estaban esperando a la decisión del tribunal antes de realizar movimiento alguno para intentar derogar la prisión permanente revisable desde el Gobierno español. Está por ver qué decisión tomará ahora Moncloa, teniendo en cuenta que el propio Pedro Sánchez ha abogado en numerosas ocasiones por el fin de este tipo de condenas.
Por su parte, el PP sacó ayer pecho del fallo del Tribunal Constitucional y destacó que su formación la “aprobó en soledad” en 2015. Según los populares, la sociedad demanda la prisión permanente revisable impulsada por Mariano Rajoy. “Las víctimas no quieren venganza, quieren justicia, que los criminales sigan en la cárcel y que se proteja a la sociedad de asesinos y violadores reincidentes”, afirmó el partido en un mensaje en Twitter.
Respecto al Código Penal en sí, son ocho los supuestos que contempla en este momento a la hora de aplicar este castigo: el asesinato de menor de 16 años o de una persona especialmente vulnerable; el cometido junto a un delito sexual; cuando el asesino pertenece a un grupo criminal; el asesinato múltiple; matar al rey, la reina o al príncipe o princesa de Asturias; matar a un jefe de Estado extranjero; y el genocidio y los crímenes para la humanidad.
Estos delitos acarrean el cumplimiento íntegro de entre 25 y 35 años, dependiendo de si la pena es por uno o varios hechos, tras lo cual se revisará. Si no se cumplen determinados requisitos para la libertad, el preso seguirá en la cárcel.
“Populismo punitivo”. El PNV, que trató de derogar la prisión permanente en el Congreso en 2018, se reafirmó ayer en su rechazo a este tipo de penas de cárcel. Para los jeltzales se trata de un “ejemplo de populismo punitivo o de derecho penal exagerado”. Así, el debate no debería estar en si la reforma del Código Penal es o no constitucional, sino en “si es oportuna, necesaria, idónea y proporcional”; y, a su juicio, no existen razones de política criminal para mantener unas sanciones que no demandan los expertos en la materia.