Los jueces confirman la prohibición de todas las marchas del 8-M en Madrid
Aprecian "alto riesgo" de contagio y creen que prima el derecho a la salud al de reunión
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la prohibición de todas las manifestaciones convocadas para este lunes por el Día de la Mujer en Madrid, al apreciar "alto riesgo" de contagio y primar el derecho "a la salud, la integridad física y la vida de las personas" al de reunión.
Así lo acuerda el TSJM en cinco nuevas resoluciones notificadas esta tarde que rechazan el mismo número de recursos presentados por sindicatos y organizaciones feministas contra la prohibición acordada por la Delegación de Gobierno en Madrid, aplicando el mismo criterio que en los otros tres recursos desestimados anoche para celebrar actos este domingo.
"En las circunstancias actuales y ante las condiciones en que se pretende el ejercicio del derecho fundamental de reunión, cuya tutela se demanda, estima la Sala que dicho ejercicio entra en conflicto con bienes y valores constitucionales, como la salud pública y, más concretamente, la salud, la integridad física y la vida de las personas que deben prevalecer frente a aquel", indica el tribunal.
La sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM respalda los argumentos de la Delegación de Gobierno de Madrid para prohibir las marchas, porque entrañan "un grave riesgo para la salud pública y para las personas, tanto para los propios manifestantes como para otras personas que pudieran tener accidentalmente contacto con ellos", y de que esos contagios "puedan extenderse entre sus círculos de amistad".
Además, el Tribunal Superior estima que en las convocatorias "no se ofrecen medidas de seguridad, concretas e idóneas, para garantizar que durante la concentración de los participantes se mantenga la distancia social mínimamente necesaria o para evitar que algunas personas lleguen a retirarse la mascarilla para apoyar en voz alta los objetivos de la concentración y que guarden las necesarias medidas de distancia interpersonal".
En la sentencia que resuelve el recurso de la Comisión Feminista 8M para celebrar una marcha en Majadahonda entre las 18.00 y las 21.00 horas en el Parque de Colón, el tribunal rechaza que se produzca "discriminación por razón de género" como consecuencia de la prohibición de la concentración comunicada.
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