- Entre las querellas no admitidas a trámite por el Supremo, varias de ellas tenían como destinatario el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, a cuenta del cese del coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos como jefe de la comandancia de la Guardia Civil en Madrid. Los querellantes alegaban que este cese estaría motivado por los deseos del Gobierno de Pedro Sánchez de controlar la información que se remitía a un juzgado que estaba investigando hechos indiciariamente delictivos, en relación a la marcha del 8-M.
Sin embargo, la Sala presidida por Manuel Marchena considera que no se aporta sospecha fundada de responsabilidad que justifique la apertura de una causa penal contra el único aforado ante la Sala, o sea el ministro. El auto explica que no se detecta la existencia de un delito de prevaricación del ministro del Interior. “El cese se asentó en la falta de confianza, que la querella no dice que sea irreal. Solo indica que es insuficiente para cesarle, por las razones que propiciaron esa falta de confianza. Ni la falta de confianza es irreal, ni siquiera en el expediente se alteró su génesis”, señala el auto.
En cuanto a un delito de obstrucción a la Justicia por el mismo asunto, señala que los hechos narrados no pretendían ninguna alteración de prueba de las que el precepto recoge. La Sala considera que la preparación de la declaración del inculpado no está en el ámbito de protección del artículo 464.1 del Código Penal, sin que pueda afirmarse tampoco, ni siquiera en el plano indiciario, que los hechos podrían obedecer a una represalia, que sí tiene cabida en el artículo 464.2 del Código Penal, por una actuación en un procedimiento judicial.
Para el Tribunal Supremo, “se satisfacen las exigencias de motivación del cese de cargos de libre designación, pues la pérdida de confianza no es un argumento baldío cuando el puesto es de libre designación y el nombramiento inicial se hizo por un equipo ministerial y por un gobierno distinto del que impulsa la remoción”.