madrid - El CGPJ aprobará previsiblemente en su sesión plenaria de hoy un informe muy crítico con el Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, que considera que es inconstitucional en varios de sus puntos y que conmina a rebajar de forma considerable. Este documento se sumaría así al que ya emitió el Consejo Fiscal, que identificó al menos tres puntos de esta ley que entrarían en contradicción con la Carta Magna. A la espera de un tercer informe, el correspondiente al Consejo de Estado, el Ministerio del Interior, principal impulsor de esta reforma del Código Penal, ya ha anunciado que asumirá todas estas críticas y que introducirá las reformas que sean necesarias en el anteproyecto para no incurrir en ninguna inconstitucionalidad.

El informe que debatirán hoy los miembros del órgano de gobierno de los jueces tiene carácter consultivo, y ha sido elaborado por dos vocales adscritos al sector conservador -Wenceslao Olea- y progresista -María Victoria Cinto-. El texto, que se dio a conocer el pasado lunes, enumera más de una docena de aspectos conflictivos en la ley que ha elaborado el ministerio que dirige Jorge Fernández Díaz. Así, establece que "podría ser difícilmente compatible" con el artículo 17 de la Constitución, que regula los límites de la detención, el punto del anteproyecto que faculta a las fuerzas de seguridad a requerir la identificación de las personas cuando existan indicios de que han podido cometer una infracción o se sospeche que puedan cometerla, y avala su retención si se niegan o no es posible identificarlas en ese momento.

También considera "contraria a la Constitución" la posibilidad de establecer controles en lugares públicos para la identificación de personas con el fin de descubrir y detener a quienes hayan participado en la comisión de una infracción, "ya que se viene a reconocer la posibilidad de una detención por faltas penales o infracciones administrativas". El CGPJ rechaza asimismo la obligación de empresas y empleados de seguridad privada de colaborar con las Fuerzas de Seguridad en la disolución de reuniones y manifestaciones, ya que afecta al ejercicio de un derecho fundamental cuya defensa "se atribuye a estas últimas y a la autoridad gubernativa".

Además, el informe considera de "dudosa legalidad" que se deniegue el pasaporte, mediante una resolución del Ministerio del Interior, cuando sea necesario en los supuestos de los estados de alarma, excepción y sitio. Sus autores califican a su vez de "excesiva" la exigencia de que la obligación de denunciar el hurto o extravío del DNI sea de manera inmediata y creen que es "desproporcionado" tipificar su pérdida reiterada como falta.

Modificaciones Como consecuencia de las críticas recibidas, que comenzaron en el mismo momento de presentar esta iniciativa y que han incluido a partidos, asociaciones judiciales y colectivos sociales, el Ministerio del Interior modificará los aspectos polémicos de la Ley de Seguridad Ciudadana para garantizar que se atiene a la legalidad vigente. "Se van a recoger las sugerencias del Poder Judicial y del Consejo Fiscal y se modificarán todos los artículos afectados para que no haya ninguna duda sobre su constitucionalidad", aseguró un portavoz.

Ofensas a España. El informe discrepa de las conductas contrarias a la seguridad tipificadas en la ley y recuerdan que las ofensas o ultrajes a España, las Comunidades Autónomas o a sus símbolos "ya están sancionadas y tipificadas como delito".

Imágenes de agentes. Respecto al peligro que el uso de imágenes de autoridades o agentes pueda suponer para su seguridad personal, afirma que "está formulado en términos tan vagos y extensos que se plantean problemas de taxatividad".

Sanciones. Advierte del riesgo de tipificar las faltas penales como infracción administrativa y rechaza que sea la Administración, en lugar de un órgano judicial, quien imponga la sanción. Además, rechaza que para revisar esta sanción se exija el pago de tasas judiciales y que las declaraciones de los agentes que formulen denuncia "gocen de carácter probatorio".