resulta triste reconocer que la reciente decisión del Gobierno español de no revalorizar las pensiones no ha supuesto ninguna sorpresa, a pesar de las reiteradas ocasiones en las que afirmó y prometió que cumpliría la ley y que en 2013 actualizaría las pensiones acorde al IPC de noviembre. Lo hizo la vicepresidenta, lo hicieron varios ministros y lo hizo un secretario de Estado. Todos lo afirmaron expresamente, con énfasis y contundencia, ante las insistentes interpelaciones de los grupos de la oposición.

Pero transcurrieron las elecciones vascas, gallegas y catalanas y el Consejo de Ministros aprobó el decreto que deja sin efecto la actualización de las pensiones acorde al IPC que establece el artículo 48 de la Ley General de la Seguridad Social.

Llama poderosamente la atención, incluso provoca sonrojo, reproducir la explicación que el Gobierno ha ofrecido para justificar esta decisión: "Un ejercicio de responsabilidad". Es la primera vez en la historia política conocida del Estado español en que se pretende anudar un ejercicio de responsabilidad al incumplimiento inequívoco de la ley. Huelga preguntarse sobre la responsabilidad del Gobierno todas aquellas ocasiones en las que prometió que revalorizaría las pensiones ocultando sus verdaderas intenciones.

Aprobada la norma, sin embargo, cabe destacar que difícilmente pasará el filtro del Tribunal Constitucional. En primer lugar, se vulnera el artículo 41 de la Constitución, que establece que un sistema público de pensiones atenderá suficientemente las necesidades de jubilados y pensionistas. El desarrollo jurisprudencial de este precepto constitucional ha perfilado la suficiencia como aquella cuantía de la pensión que permita subvenir las necesidades ordinarias de la vida.

La revalorización del 1% provoca de facto la pérdida de poder adquisitivo para los pensionistas, lo que difícilmente permite entender que esta revalorización se corresponda con el desarrollo aplicativo del art. 41 de la Constitución. Es decir, si se reduce la cuantía o el poder adquisitivo de los pensionistas se está avanzando en sentido diametralmente opuesto al mandato constitucional, vulnerando a su vez el contenido esencial del artículo 50 en relación a las personas de la tercera edad. Todo ello sin olvidar que las pensiones del Estado español son en términos medios un 29% inferior a las de la Unión Europea, lo cual agrava más este problema.

En segundo lugar, la norma incumple los requerimientos del principio de legalidad que consagra el artículo 9.3 de la Constitución de irretroactividad de las normas menos favorables. En este caso de la no revalorización de las pensiones se vulnera la protección de aquellos pensionistas que habían afianzado ya su derecho, al consolidar las pensiones mediante sus cotizaciones hasta la aprobación del decreto.

En tercer lugar, esta norma disloca el esquema jurídico constitucional que configura el sistema público de la Seguridad Social. El Tribunal Constitucional, admitiendo una cuestión de inconstitucionalidad del extinto Tribunal Central de Trabajo en relación a las medidas anticúmulo previstas en los Presupuestos Generales de 1985, afirmó que el derecho a una cuantía predeterminada de pensión constituye una manifestación específica del derecho de propiedad privada que consagra el artículo 33 del norma constitucional. El Tribunal Constitucional concluyó que cualquier reducción de la cuantía de las pensiones vulneraba el derecho de propiedad privada. Por ello, una reducción universal de la cuantía de las pensiones constituye una sutil e ilegítima expropiación igualmente universal de los derechos de los jubilados y pensionistas.

El Gobierno, en este acto de genuina injusticia material, en primer lugar ha mentido consciente y reiteradamente, ha faltado a la palabra dada a los ciudadanos y ahora falta a la verdad al no reconocer las verdaderas razones que han motivado esta decisión, tras la cual subyace la pérdida absoluta de soberanía económica del Estado español. El Gobierno ha prescindido de los requerimientos de constitucionalidad más elementales en favor del cumplimiento del Memorándum de Entendimiento suscrito con Europa.

Por último, no puedo evitar recordar las palabras de la intervención de ministra de Empleo y Seguridad Social ante la Comisión del Pacto de Toledo para explicar la decisión del Gobierno. Resultaron lacerantes las invocaciones a la felicidad y satisfacción de los pensionistas a los que se les recorta universalmente su pensión. No conocemos ningún pensionista que pueda sentirse feliz después de verse empobrecido por una decisión legal. ¿Quizá la ministra sí?