¿Es posible conducir sin ITV, pero con la cita previa?
Con el objetivo de evitar multas y complicaciones legales, se aconseja seguir varios consejos
Como bien es sabido, la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es el procedimiento obligatorio que todo vehículo deben superar para asegurar que cumplen con los estándares de seguridad y emisiones fiados por la normativa vigente.
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Se trata de un trámite fundamental para prevenir accidentes y garantizar que los coches que circulan por la vía no representan un peligro para conductores, pasajeros y peatones. No obstante no de los problemas más comunes es la dificultad para obtener una cita en la estación de ITV, generando dudas respecto a si es legal conducir con la ITV caducada, pero con el trámite previamente programado.
La normativa habla clara: no se puede circular sin la ITV en vigor
Tal y como afirman desde laAsociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV),la ley prohíbe circular con la ITV caducada, incluso si el conductor ya hubiera pedido una cita para realizar la inspección.
La legislación en l Estado determina que el vehículo debe contar con la ITV en vigor para poder circular en condiciones legales. De lo contrario, estaríamos delante de una infracción administrativa con graves consecuencias económicas.
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Multas y sanciones por circular sin la ITV
En el caso de que un conductor circulase con la ITV caducada, las autoridades de tráfico podrían imponer una multa de 200 euros, rebajándose a 100 euros si se paga de modo anticipado.
Cabe mencionar que la sanción se aplica independientemente de que el conductor tenga una cita programada para superar la inspección. Esto quiere decir que, a pesar de que se haya hecho logrado solicitar la cita con antelación, si la fecha asignada queda después de la fecha de caducidad de la ITV, el vehículo no podría circular legalmente hasta que la inspección haya sido superada con éxito.
La situación empeora si la ITV ha sido suspendida en una inspección anterior. De ser así, la multa asciende a 500 euros y el vehículo no podrá circular hasta superar una nueva revisión técnica satisfactoria. Además, las autoridades podrían llegar a inmovilizar el vehículo si ven que supone un claro riesgo para la seguridad vial.
¿Se puede conducir hasta la estación de ITV con la ITV caducada?
Una de las cuestiones más extendidas entre los conductores es si es posible circular hasta la estación de ITV el mismo día de la cita sin una ITV en vigor. La respuesta es ambigua,: si bien la normativa prohíbe circular con la ITV caducada, algunas autoridades consideran que el trayecto hasta la estación es justificable, siempre y cuando que se realice por la ruta más corta y únicamente con ese propósito. Aun así, no hay ninguna garantía de que un agente de tráfico no imponga una multa si detiene al conductor antes de llegar a la inspección.
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Cómo evitar problemas con la ITV
Para evitar multas y problemas legales con la ITV, se deben seguir estos consejos:
Solicitar la cita con suficiente antelación
Como algunas estaciones de ITV tienen tiempos de espera muy largos, es preferible pedir la cita con semanas o hasta meses de antelación antes de la fecha de caducidad de la ITV.
No esperar hasta el último momento
Preparar la revisión con tiempo suficiente permite arreglar posibles fallos técnicos detectados sin que el vehículo quede inmovilizado.
Consultar la disponibilidad de estaciones cercanas
Si la estación habitual tiene una larga lista de espera,es mejor consultar otras estaciones de ITV cercanas donde la cita pueda conseguirse rápidamente.
Evitar circular con la ITV caducada
Si no se ha conseguido una cita a tiempo, se debe evitar circular con el vehículo hasta haber pasado la inspección para evitar sanciones.
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Sobre la ITV
En el Estado, la ITV se desarrolla de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos. Su objetivo es simple: garantizar que los vehículos reúnen las condiciones adecuadas para circular por la vía pública.
Los turismos deben pasar la ITV cuatro años después de la fecha de la primera matriculación. Desde entonces, cada dos años. En el caso de que el vehículo tenga más de diez años, entonces la ITV se hará anualmente.
Por otra parte, las motocicletas y cuatriciclos lo harán cuatro años tras la fecha de la primera matriculación, y a partir de entonces, cada dos. Respecto a los autobuses, cinco años después de la fecha de matriculación y a partir de ahí semestral. En cuanto a los ciclomotores, tres años después de la fecha de matriculación y a partir de ahí cada dos años.