-El Código Técnico de la Edificación ha incorporado recientemente una nueva normativa relacionada con los puntos de recarga de vehículos electrónicos, a través la cual exige que el 100% de las plazas de aparcamiento adscritas a los nuevos edificios residenciales o los que sufran una rehabilitación deben contar con una precanalización para su instalación.

Para poder hacerlo posible, el Gobierno central ha iniciado el trámite de audiencia e información pública sobre el proyecto de real decreto en el que se aprueba este Código Técnico de la Edificación, así como las condiciones de las infraestructuras mínimas necesarias para la recarga inteligente de los vehículos eléctricos con el fin de fomentar su uso.

Con esta modificación, el Ministerio que dirige José Luis Abalos adapta el Código Técnico de la Edificación a lo dispuesto en la directiva de la Unión Europea incorporando la exigencia básica HE6, relativa a las dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en los edificios. En ella se establece la obligación de que los edificios de nueva construcción y los que sufran una intervención importante cuenten con una precanalización para el 100% de las plazas de aparcamiento a ellos adscritas, en el caso de edificios residenciales privados, y para el 20% de las plazas en el resto de edificios.

Estos últimos, adicionalmente, cuando tengan más de 10 plazas, deberán contar con una estación de recarga por cada 40 plazas, elevándose esta obligación a una estación cada 20 plazas en el caso de edificios de la Administración General del Estado.

El proyecto establece, además, la obligación de que todos los edificios de uso distinto al residencial privado que tengan más de 20 plazas de aparcamiento adscritas cumplan las mismas exigencias en cuanto a número mínimo de estaciones de recarga antes del 1 de enero de 2023.

El Gobierno central también ha incorporado una disminución del umbral de superficie construida en edificios de todos los usos a partir del cual se aplica la exigencia relativa a la generación mínima de energía eléctrica, que de los 3.000 metros cuadrados anteriores pasa a los 1.000 metros. Además, la limitación de la potencia mínima obligatoria a instalar en función de la superficie de cubierta pasa a ser del 50%.

Con estas modificaciones, el Ministerio pretende impulsar la innovación, la sostenibilidad y la eficiencia energética, tanto del sector de la edificación como del sector de la movilidad, considerando ambos ámbitos "estratégicos" para la descarbonización general de la economía.

"Esta iniciativa supondrá un impulso para el mercado del vehículo eléctrico, facilitará la flexibilidad energética, el uso de energías de origen renovable y repercutirá con ello en la mejora de la calidad del aire y en el cumplimiento de los objetivos nacionales de reducción de gases de efecto invernadero", señaló Abalos al dar a conocer el nuevo reglamento.

Antes de proceder, el trámite de audiencia e información pública da opción hasta el próximo día 28 de octubre a los ciudadanos, asociaciones y organizaciones que lo deseen hacer llegar a la dirección general de Agenda Urbana y Arquitectura sus observaciones sobre el borrador propuesto.