La decisión de la Audiencia de Sevilla de solicitar que la Justicia europea se pronuncie sobre la revocación de las condenas por el denominado caso EREs ha venido dando lugar a un cruce de relatos mediáticos y políticos que apuntaban a la pretensión del Tribunal Constitucional (TC) de impedirlo. El presidente del órgano de garantías, Cándido Conde-Pumpido, aportó ayer algunas apreciaciones que mueven a la reflexión. En primer lugar, se ocupó de clarificar que no hay intención de obstruir o impedir la consulta de la Audiencia al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), pese a los ríos de tinta que, en esa dirección, han ido interpretando la actuación del presidente del TC. El recurso a la Justicia europea es una herramienta a disposición de las partes de un asunto judicial –acusación o defensa– cuando se agota el procedimiento interno. En ese sentido, su resolución de fondo prevalece con el establecido criterio jerárquico en ese proceso. El traslado de la consulta de la Audiencia, no siendo parte interesada del caso –más allá de haber visto corregida su sentencia–, quizá habría tenido más sentido en forma de cuestión prejudicial, antes de dictarse sentencia, lo que habría evitado que apareciera como una confrontación de criterio con el TC por verse corregida por éste, extremo que no está contemplado en el procedimiento, en tanto es éste último el jerárquicamente superior. En todo caso, la decisión o no del TJUE de admitir o no el recurso abrirá a su vez diferentes escenarios. En caso de ser rechazada, devolvería la iniciativa de la Audiencia al debate político, de donde partió. Podría incluso revelar un procedimiento inapropiado de los promotores del recurso, que revertiría sobre ellos la carga de la denuncia al alinearles –perdido el fundamento jurídico– con una ficción mediática y política presumida y difundida durante semanas: la de la politización del TC en favor del PSOE. Otro escenario diferente sería la admisión a trámite y el modo en que la figura jurídica de la resolución operaría sobre el funcionamiento del Poder Judicial español: con independencia del sentido de su resolución, la Justicia europea estaría introduciendo condicionantes en el marco constitucional de ese poder del Estado. Algo muy delicado y que, en principio, no parece contemplado en el marco de atribuciones del Tribunal europeo.