madrid - La nueva Ley Hipotecaria prevé que las comisiones de amortización anticipada con hipotecas de tipo fijo bajen a la mitad y se sitúen en el 2% durante los 10 primeros años y en el 1,5% a partir de este período, frente al 4% y al 3% previsto actualmente. La ponencia de la Ley de créditos inmobiliarios, que finalizó ayer sus trabajos, también incluirá una disposición adicional primera para limitar los efectos que pueda tener la nueva norma en los contratos hipotecarios actualmente suspendidos y que están a la espera de recursos ante el Tribunal Superior de Justicia Europeo.

En este sentido hay un amplio consenso de las formaciones políticas, aunque Unidos Podemos critica que la nueva Ley contemple la cláusula de vencimiento anticipado que consideran abusiva y afirma que se debería devolver el dinero a los afectados. El portavoz del PSOE en la ponencia, Gonzalo Palacín, señaló que “es cuestión de estilo” la redacción definitiva de la disposición adicional primera, que dejará clara la no retroactividad de la cláusula de vencimiento anticipado, que con la nueva ley amplía el número de cuotas impagadas a entre 12 y 15 meses para poder ejecutar un embargo.

En cuanto a las comisiones de amortización por reembolso anticipado, la nueva Ley Hipotecaria fijará para los contratos a tipo de interés variable el 0,25 % en los tres primeros años y el 0,15% en los cinco primeros años, aunque el cliente debe pactar con el banco un sólo tipo de amortización con este interés.

La nueva Ley también facilitará la subrogación a los hipotecados y establecerá un mecanismo de compensación entre bancos para evitar la competencia desleal entre entidades, ya que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) debe pagarlo el banco. El cliente podrá subrogarse aunque su banco le iguale la oferta y el nuevo prestamista deberá pagar a la otra entidad los intereses que al primer banco le quedan por cobrar de los gastos fijos que ha tenido que abonar (AJD, las primeras copias del notario, los gastos del registro y de la gestorías). Así, se establece un equilibrio proporcional entre las dos entidades a través de un cálculo proporcional entre los intereses cobrados y los pendientes de cobro. - Efe