El COI matiza que los deportistas transgénero podrán competir, pero solo en la categoría de su sexo biológico
El máximo organismo olímpico busca resolver las dudas que han podido surgir tras el anuncio que realizó días atrás de que las mujeres biológicas serán las únicas en poder competir en categorías femeninas
El Comité Olímpico Internacional (COI) anunció días atrás que las mujeres biológicas serán las únicas en poder competir en las categorías femeninas de los Juegos Olímpicos. El máximo organismo olímpico ha querido matizar ahora este anuncio, que al parecer ha llevado a la confusión. El COI ha informado de que aquel anunció no significó que los deportistas transgénero se quedarán sin la posibilidad de participar, sino que podrán hacerlo pero exclusivamente en la categoría que corresponda con su sexo biológico.
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A fin de responder a las dudas que pudieran haber surgido, el COI ha elaborado un documento para aclarar las posibles dudas. La entidad presidida por Kirsty Coventry explica que con esta nueva medida “no se excluye a las personas transgénero” de sus competiciones, sino que las ubica donde el COI considera que se corresponden. Es decir, por ejemplo los varones biológicos que cumplan los requisitos de clasificación únicamente podrán tomar parte en las pruebas de la categoría masculina.
Solo para competiciones que son competencia del COI
En este sentido, el CPI recuerda que “al margen de los Juegos Olímpicos y otros eventos del COI, las personas transgénero pueden participar en todas las demás competiciones deportivas a su alcance, al igual que cualquier otro deportista que no cumpla los requisitos de clasificación olímpica”.
El documento del COI recoge varias preguntas con sus respuestas, pero tres de ellas son las que principalmente responden a la cuestión de esta nueva norma. ¿Cómo se determina la elegibilidad para la categoría femenina? El COI responde: “Es preciso hacerse una prueba de detección del gen SRY, sólo presente en los hombres biológicos. Las mujeres cuyo resultado en el test sea negativo podrán competir en pruebas femeninas. Es una prueba no invasiva, por métodos como el raspado del interior de la mejilla con un hisopo, que sólo se hace una vez en la vida y que es altamente fiable”. Tal y como subrayan desde el organismo, se trata de un test de gran precisión “en más del 99 por ciento de los casos”, de modo que es un requisito “excepcionalmente riguroso”.
Algunas excepciones
A la cuestión de si se contemplan excepciones, el COI sostiene que “va a tener en cuenta algunas salvedades relacionadas con algunos trastornos genéticos de muy baja prevalencia, como el síndrome de insensibilidad androgénica, que permitirán que algunas mujeres portadoras del gen SRY puedan competir en la categoría femenina”. Y es que las pruebas de detección, tal y como explican, solo detecta si el gen SRY existe o no, por lo que no pretende establecer un diagnóstico médico. “Si da positivo, la deportista podrá optar por someterse a pruebas complementarias para determinar si presenta dicha condición excepcional”, añaden.
Además, el COI señala que se podrán solicitar excepciones “si demuestran que un deporte no depende de la fuerza y el sexo no vulnera la equidad entre los deportistas, como es el caso de la hípica, donde los deportistas no se clasifican por sexo”.
La tercera cuestión responde a la siguiente pregunta: ¿Por qué se trata igual a las deportistas con DSD XY (personas que combinan características sexuales masculinas y femeninas) y a los trans al obligarlas a competir en la categoría masculina? El COI reconoce que “puede haber diferencias entre ambos grupos en lo que respecta a cuestiones como la identidad de género, el sexo jurídico o la crianza recibida, pero considera que comparten las mismas características biológicas (presencia de cromosomas XY, el gen SRY y testículos, así como niveles de testosterona en el rango masculino)”.
Los resultados obtenidos se mantienen
El COI también explica que los menores de edad, de acuerdo con sus progenitores o tutores legales, podrán realizarse las pruebas para determinar en qué categoría tomarán parte el resto de sus carreras deportivas. Todos los deportistas que se nieguen a realizar los test no podrán tomar parte en los Juegos Olímpicos.
También se recuerda que aquellos resultados obtenidos anteriormente serán conservados, ya que esta normativa no tendrá carácter retroactivo. El COI se refiere al ejemplo de la boxeadora argelinaImane Khelif, que ganó el oro olímpico en París 2024 y fue objeto de controversia. “Cumplieron con las normas de elegibilidad y participación de la competición, así como con todas las normas médicas vigentes en ese momento”, de modo que la entrada en vigor de esta nueva normativa no altera los resultados previos.