- El Ayuntamiento de Campezo ha solucionado una importante laguna urbanística aprobando una ordenanza de cierre de espacios abiertos en viviendas existentes, sobre los que hasta ahora la corporación no podía tomar decisiones por falta de normativa.

Se refiere esta ordenanza, en concreto, a la realización de cierres de los espacios abiertos (balcones, terrazas, porches...). Y argumenta el nuevo texto que teniendo en cuenta que los cierres de estos espacios pueden suponer la incorporación a la vivienda de una superficie no computada como superficie computable a efectos de la edificabilidad de la misma, aumentando en consecuencia el aprovechamiento edificatorio del inmueble, ha sido criterio del Ayuntamiento hasta ahora no permitir la realización de esos cierres por no estar contemplada esa posibilidad en el planeamiento vigente.

Con ánimo de contemplar este tipo de actuaciones, la corporación ha decidido impulsar una ordenanza que permitiera regularlas ante tal falta de previsión y detectarse una realidad que se ha considerado necesario abordar.

Por lo tanto, a partir de ahora, la ordenanza autorizará los cierres de terrazas, porches y espacios similares en las edificaciones de uso residencial del suelo urbano del municipio a excepción de las zonas incluidas en los ámbitos de los planes especiales de rehabilitación integral de los cascos históricos de Antoñana, Orbiso y Santa Cruz de Campezo.

Se regulan, así, dos tipologías. Por una parte, las llamadas cortinas de cristal, que es un sistema constructivo de acristalamiento diseñado con el fin de preservar los espacios cubiertos exteriores de las inclemencias del tiempo. Por otra se aprueba una segunda tipología, el cerramiento acristalado. Es un sistema constructivo instalado de forma permanente, constituido a base de carpinterías estancas al paso del aire.