vitoria - Casi ocho años después de su marcha de Vitoria, la figura de Dmitry Piterman reapareció ayer en la escena del Deportivo Alavés. Y al igual que sucedió prácticamente siempre durante su trienio negro al frente de la entidad de Mendizorroza, este regreso virtual estuvo acompañado de malas noticias. El motivo de su vuelta a la actualidad albiazul fue la sentencia hecha pública por el Tribunal Supremo que anula la condena que obligaba al ucraniano, su mujer -Milanendra Vikramsingh- y el que fuera su vicepresidente -Pepe Nereo- a indemnizar con 6,8 millones de euros al club.

Como consecuencia, el innombrable no pagará los muchos desmanes cometidos durante su etapa al frente del Glorioso. Al menos, no económicamente. Porque el fallo del supremo sí que mantiene la consideración de consurso culpable y la pena de inhabilitación para administrar con carácter general bienes ajenos y/o compañías mercantiles para los antiguos gestores de la entidad. Quince años en el caso del expresidente y ocho en los de su esposa y Nereo.

Esta inesperada noticia supone un evidente varapalo para el Deportivo Alavés, que hasta el momento siempre había salido victorioso de las numerosas batallas judiciales libradas contra el ucraniano (representado habitualmente por el despacho del actual presidente de la LFP, Javier Tebas). Pero, más allá del golpe moral y la impotencia de ver cómo quedan sin castigo económico sus desmanes, lo cierto es que este nuevo escenario no va a repercutir especialmente en la situación actual y futura del club.

Porque aunque las sentencias del Juzgado de lo Mercantil y de la Audiencia Provincial de Álava habían fijado la importante cantidad de 6,8 millones de euros como indemnización a abonar subsidiariamente, la realidad era que prácticamente nadie confiaba en poder recuperar ni un solo euro de ese montante. De hecho, desde que el equipo gestor liderado por Josean Querejeta desembarcó en Mendizorroza han sido múltiples las ocasiones en las que públicamente ha manifestado sus escasas esperanzas de hallar mecanismos con los que poder cobrar del ucraniano.

Su desaparición total desde que abandonó Vitoria sin que se hayan vuelto a tener noticias de su paradero y las siempre complicadas relaciones a nivel judicial con Estados Unidos (su país de residencia) convertían en prácticamente misión imposible obligar al ucraniano y su mujer a pagar. Más factible en teoría era el caso de Pepe Nereo pero el cántabro ya ha reiterado en múltiples ocasiones durante los últimos años su condición de cuasi insolvente, pese a participar activamente en varios negocios familiares y personales. Con ese argumento y evitando tener cualquier bien a su nombre, evitaría tener que rascarse el bolsillo. Ahora, ya ni siquiera necesitará esa argucia.

motivado por la no liquidación En cualquier caso, la sentencia del Supremo no significa ni mucho menos que Piterman pueda ser considerado inocente o que no causara un evidente daño al club. El TS no entra siquiera a juzgar esos aspectos. Se limita a aceptar parcialmente el recurso de casación interpuesto por los acusados al considerar que la indemnización solo es aplicable “en el caso de apertura de la fase de liquidación o bien en el caso de reapertura de la sección por incumplimiento del convenio”. Como quiera que el Alavés no desapareció sino que continuó funcionando gracias a la aprobación del convenio de acreedores y a su posterior cumplimiento (el pasado otoño se completó el último pago), el TS estima que su concurso no reúne los requisitos necesarios para recibir las sentencias anteriormente dictadas por el Juzgado de lo Mercantil y la Audiencia Provincial de Álava. Además, el tribunal da un pequeño tirón de orejas a los administradores concursales, al entender que aplicaron en su informe final unos artículos de la Ley Concursal que no se corresponden con la reclamación de condena por déficit patrimonial, lo que no haría viable tampoco ese fallo.

respuesta del alavés La reacción del club no se hizo esperar y a través de un comunicado expresó su “respeto” a la sentencia “sin perjuicio de lamentar enormemente el contenido de la misma”. Analizando un poco más en profundidad el contenido del dictamen, los actuales responsables de la entidad del Paseo de Cervantes apuntan que “no niega la existencia de un perjuicio patrimonial, no entrando en ello, sino que se limita a anular la imputación de responsabilidades económicas en base a la errónea calificación del supuesto de aplicación por la administración concursal”. Por último, dejan claro que el fallo “en modo alguno afecta al resto de procedimientos existentes” contra Piterman y su consejo de administración. Entre ellos, las acciones de reintegración que cuentan ya con sentencias firmes y los procedimientos penales instados por la Fiscalía de Álava y el propio club. En este sentido, el consejo de administración albiazul reitera su “compromiso de llevar los mismos hasta sus últimas consecuencias”.

2004. Dmitry Piterman llega a un acuerdo con Gonzalo Antón y se hace con el 51% de las acciones del Deportivo Alavés, pasando a ser su presidente.

Junio de 2007. Tras tres años negros de nefasta gestión económica y deportiva, el ucraniano traspasa los ‘papeles’ a Fernando Ortiz de Zárate y abandona Vitoria dejando el club al borde de la liquidación.

23 de julio de 2007. El juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria declara en concurso voluntario al Deportivo Alavés y designa la administración concursal.

4 de marzo de 2010. Se publica en el Boletín Oficial del Estado la aprobación del convenio de acreedores y se abre la fase de calificación del concurso en el que está inmersa la entidad.

22 de marzo de 2010. Varios acreedores, entre ellos la Diputación Foral de Álava, solicitan la calificación del concurso como culpable y que se declare como personas afectadas a Dmitry Piterman, Milanendra Vikramsingh y Pepe Nereo Ruiz.

29 de marzo de 2010. Los administradores concursales emiten su informe de calificación del concurso y solicitan que se declare culpable, se declare como personas afectadas a las tres citadas anteriormente, se les inhabilite para administrar bienes ajenos durante quince años y se les condene a abonar solidariamente la cantidad de 14.361.551, 598 euros o subsidiariamente la de 6.890.191, 67 en concepto de “daños y perjuicios causados por las mismas al patrimonio de la concursada, por razón de su actuar negligente”.

16 de abril de 2012. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria dicta sentencia. Califica el concurso como culpable y condena a Piterman, su esposa y Nereo a indemnizar al Alavés con 6,8 millones de euros además de a 15 y 8 años de inhabilitación.

26 de noviembre de 2012. La Audiencia Provincial de Álava desestima el recurso de apelación interpuesto por los condenados y mantiene en todos sus puntos la sentencia del Juzgado de lo Mercantil.

29 de abril de 2013. La Audiencia Provincial remite al Supremo las actuaciones tras el recurso de casación interpuesto por Piterman y su esposa.

12 de febrero de 2015. El Tibunal Supremo estima parcialmente el recurso y anula la indemnización de 6,8 millones de euros a la que se debían enfrentar Pitermam, su esposa y Nereo. Mantiene sin embargo la calificación del concurso como culpable y la inhabilitación para las tres. La sentencia se hizo pública ayer.