Cambios en el pliego de condiciones del Rioja
Las modificaciones atañen a prácticas de cultivos, delimitación de zonas e instalaciones de crianza
- El BOE publica una resolución de la dirección general de la industria alimentaria, por la que se resuelve favorablemente la modificación del pliego de condiciones de la denominación Rioja. De esta forma, el Gobierno central ratifica los cambios.
La propuesta fue remitida a las tres comunidades autónomas afectadas (País Vasco, La Rioja y Navarra), que respondieron positivamente a los cambios acordados por el Pleno del Consejo Regulador. Estas modificaciones se refieren a las prácticas de cultivo, al incluir en el pliego que no se admitirán plantaciones mixtas que, en la práctica, no permitan una absoluta separación en la vendimia de las diferentes variedades, salvo aquellas plantadas antes de la entrada en vigor de la orden de 2 de junio de 1976. También a la delimitación de zona geográfica, que faculta al Consejo Regulador la capacidad de calificar los terrenos. Y a las instalaciones para los vinos de crianza.
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