salinas - El Gobierno Vasco ha ampliado la protección de elementos de todo tipo en Salinas de Añana, amparados en el programa paisaje cultural del valle salado, catalogado como bien cultural con la categoría de conjunto monumental, por lo que las intervenciones que deban realizarse sobre los bienes culturales protegidos quedarán sujetas a la autorización de la Diputación, la cual habrá de ser previa a la concesión de la licencia municipal.
Tras esta reforma, el régimen de protección del Valle Salado, además de fijar un régimen general para el patrimonio arquitectónico, incluye un régimen específico para los bienes incluidos dentro del casco urbano de Salinas de Añana y la explotación salinera. Los bienes incluidos tanto en estas dos zonas como en el resto del ámbito del paisaje cultural quedan identificados en los listados del decreto.
Además, las zonas y entornos de los elementos declarados en los que existan ruinas o aparezcan restos de construcciones serán consideradas como espacio con construcciones a recuperar. El alcance y justificación de esas recuperaciones se documentará en cada caso, bien con fotografías históricas o bien con estudios histórico-arqueológicos que documenten los hallazgos ya descubiertos o que pudieran descubrirse, los cuales avalarán la validez de las propuestas de recuperación.
Protección urbana integral Con estas modificaciones, el ámbito de protección urbano en Salinas alcanza a todas las calles, callejones, cantones y pórticos; las plazas, parques, jardines y otros espacios similares; las terrazas para huertas y los patios y cárcavas. En todos esos espacios, así como en terrazas y murallas, deberá de preverse su adecuada urbanización, siendo función del planeamiento determinar el tipo de acabados y mobiliario urbano a implantar. En el caso en el que sea necesario habilitar un espacio para aparcamiento dentro del casco urbano, el planeamiento podrá prever un sitio para ello, siempre y cuando la actuación quede completamente justificada y no ponga en riesgo los valores del conjunto. En calles, callejones, cantones y pórticos se mantendrán las alineaciones existentes, no permitiéndose retranqueos, y las actuaciones que se realicen irán encaminadas a su recuperación e higienización y a su peatonalización, así como a la desaparición del uso de aparcamiento de superficie. Se trata de una medida que afectará también a la travesía, por lo que se ha establecido que las intervenciones en la carretera principal que separa el casco urbano de la explotación salinera irán encaminadas a una reducción del tráfico, favoreciendo la unidad del conjunto monumental en general y, en especial, del casco urbano con la explotación salinera.
En cuanto a las calles, se ha decidido mantener el adoquinado y el carácter pétreo conferido por las tapias y las fachadas de mampostería, prohibiéndose las intervenciones que afecten a esa imagen y a los materiales y texturas actuales. También se procederá a la paulatina canalización subterránea de todas las redes de instalaciones técnicas de servicios urbanos, no autorizándose, en ningún caso, la existencia de líneas superficiales o aéreas.
En cuanto a plazas, parques, jardines y otros espacios similares, además de incentivarse la puesta en valor del arbolado, se han establecido medidas de conservación y puesta en valor de los arcos del edificio donde se sitúa el Ayuntamiento en la plaza Miguel Díaz de Tuesta; lo mismo para la fuente y muros de piedra de la plaza de La Fuente y las plazas Miguel Díaz de Tuesta, los Ozpinas y la Fuente.
Igualmente, se establece el espacio libre de edificación en la zona norte, extramuros e intramuros del entorno de la muralla. Por tanto, estarán libres de edificación los terrenos entre la muralla y la delimitación del casco urbano al norte, así como la parte oeste en lo alto del cerro, en la zona en la que actualmente se sitúan el frontón y las ruinas de la iglesia de San Cristóbal, en la zona existente entre el intradós de la muralla y la línea paralela a ella, situada a ocho metros de distancia. También quedará exenta de edificación la franja norte en el espacio existente entre el intradós de la muralla y la línea paralela a ella, situada a cuatro metros de distancia. Y no sólo se impedirán edificaciones en esos lugares, sino que además se tenderá a la recuperación de espacios libres de edificación alrededor de los tramos de muralla cuando en ellos no exista edificación o cuenten con inmuebles considerados discordantes o carentes de protección, excepto en la zona sur de la muralla, zona en la que es admisible la construcción sobre las parcelas edificables, siempre que la construcción permita mantener exenta la obra de la muralla.
Para que no haya dudas sobre los lugares concretos en los que existe una protección, total o parcial, la nueva redacción de la orden de bien de interés cultural añade una extensa lista con más de 300 referencias concretas de edificios, restos de muralla, patios, cementerio y otros bienes patrimoniales que quedan bajo la tutela urbanística previa de la Diputación, para su protección.
Novedad. El régimen de protección del Valle Salado, además de fijar un régimen general para el patrimonio arquitectónico, incluye un régimen específico para los bienes incluidos dentro del casco urbano de Salinas de Añana y la explotación salinera.
Casco urbano. El ámbito de protección urbano en Salinas alcanza a todas las calles, callejones, cantones y pórticos; las plazas, parques, jardines y otros espacios similares; las terrazas para huertas y los patios y cárcavas.
Acabados. En todos esos espacios, así como en terrazas y murallas, deberá de preverse su adecuada urbanización, siendo función del planeamiento determinar el tipo de acabados y mobiliario urbano a implantar.
300
Referencias concretas de edificios, restos de muralla, patios, cementerio y otros bienes patrimoniales aparecen en un listado incluido en el texto para que no haya dudas sobre los lugares concretos con protección total o parcial.