GASTEIZ. El escrito de acusación explica que la mujer, nacida en 1932, viuda y sin descendencia, había hecho testamento en julio de 2010 donde establecía como herederas universales de todos su bienes en partes iguales a las tres hijas de una prima carnal.
Añade que la mujer fue internada en una residencia de ancianos en 2014 después de ver agravada su salud tras una caída y que ya entonces había sido diagnosticada de un deterioro cognitivo entre leve y moderado.
Además el 9 de enero de 2015 fue diagnosticada de demencia grave por el Servicio de Neurología de Osakidetza y el 11 de febrero de ese año la Diputación de Araba le reconoció una gran dependencia en grado 3.
En esta situación, a finales de 2014 y principios de 2015 la mujer recibió en la residencia la visita de una antigua vecina de piso que estaba en Gasteiz por vacaciones quien, al percatarse de su deterioro cognitivo, se aprovecho de tal circunstancia para lograr que la anciana "modificara su testamento a su favor".
Así la procesada se personó el 8 de enero de 2015 en la residencia y llevó a la mujer a la notaría del otro procesado en esta causa.
La Fiscalía indica que el notario, con "pleno conocimiento del estado mental" de la anciana, modificó el testamento otorgado por esta en julio de 2010 y estableció como heredera a la acusada.
En este procedimiento el notario "faltó a la verdad" al establecer que la anciana tenía capacidad para testar y que manifestaba de forma libre y consciente su decisión de otorgar testamento.
El Ministerio Público indica que un día después de que se produjera este cambio en las últimas voluntades de la anciana, esta fue diagnosticada de demencia en grado grave por el Servicio Vasco de Salud, "lo cual le impedía estar en condiciones para regir su persona y sus bienes por sí misma el 8 de enero" cuando suscribió el legado a favor de su antigua vecina.
El fiscal considera los hechos un delito de estafa en concurso con un delito de falsedad en documento público.
Considera que la que fuera la vecina de la anciana es autora del delito de estafa y el notario cooperador necesario.
En el caso de la falsedad en documento público el autor para el Ministerio Público es el notario y ella la inductora.
Además de la pena de cárcel también solicita una multa de 5.400 euros para cada uno de ellos y que el notario no pueda ejercer como tal durante tres años.
Subsidiariamente, la Fiscalía de Araba considera los hechos narrados como un delito de estafa en concurso con otro imprudente de falsedad en documento público y pide para los dos procesados dos años de cárcel y una multa de 2.700 euros cada uno.
El juicio por estos hechos tendrá lugar la próxima semana en la Audiencia Provincial de Araba.