Vitoria - Los grupos junteros de EH Bildu y del Partido Popular presentarán hoy sus respectivas propuestas para la modificación de la norma foral que regula el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). El pasado lunes el diputado general, Ramiro González, anunciaba que la Diputación descartaba acometer cualquier modificación ante la falta de consenso, pero hoy ambas formaciones trasladarán su propio planteamiento en busca de apoyos para cambiar la norma.

Desde la coalición abertzale, el procurador Luis María Salgado argumenta en el documento inscrito en las Juntas Generales que su propuesta aspira a “regular la aplicación del recargo de viviendas vacías” y “armonizar” la norma alavesa “con las haciendas forales de Gipuzkoa y Bizkaia, dónde ya está contemplado” dicho recargo. EH Bildu introducirá una modificación “para facilitar a los ayuntamientos la inclusión de bonificaciones en la cuota íntegra del IBI en función de los ingresos de la unidad convivencial”.

La coalición quiere que en la norma foral conste expresamente que “los ayuntamientos podrán establecer una bonificación de hasta el 99% de la cuota íntegra del IBI para los inmuebles con uso exclusivo de vivienda, siempre que ésta tenga el carácter de residencia habitual del sujeto pasivo y el conjunto de los miembros de la unidad convivencial de hasta tres miembros que resida en ella tengan una renta inferior a 21.000 euros anuales”, pasando a ser 28.000 euros cuando la unidad convivencial sea de cuatro personas, 35.000 euros en las de cinco y 42.000 en las de seis o más miembros.

Con su propuesta, la norma exigiría también que “los sujetos pasivos beneficiarios de la bonificación no dispongan de ningún otro inmueble con uso exclusivo de vivienda en el mismo término municipal”. EH Bildu propone modificar el texto de la norma foral para que en él figure que “tratándose de bienes inmuebles de uso residencial que no constituyan la residencia del sujeto pasivo o de terceras personas por arrendamiento o cesión de su uso, los ayuntamientos podrán exigir un recargo de hasta el 150% de la cuota líquida del impuesto”. - D.O.