Vitoria.El juez también prohíbe a la condenada aproximarse a menos de 200 metros de sus dos vecinos, de su vivienda y del centro de trabajo durante un año y seis meses, y le condena a indemnizar a los afectados con 4.588 euros por los daños materiales y morales causados, además de imponerle las costas del juicio, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe.
Inicialmente la Fiscalía solicitaba el mismo delito para el marido de la acusada, aunque durante el juicio modificó este criterio y pidió que se le condenara como inductor.Finalmente el juez le ha absuelto al considerar que no participó en las situaciones denunciadas por los acosados ya que ninguna acción ha sido atribuida directamente a él "más allá de que conociera el comportamiento de su mujer o incluso lo consintiese".La condenada y su marido residen en el piso inmediatamente inferior al de la pareja acosada, ubicado en Vitoria.
Según los hechos probados, desde 2011 la mujer acusada ha atacado los bienes de la pareja y les ha intimidado hasta el punto de que ha generado en ellos una situación "emocionalmente insostenible", lo que les ha llevado a modificar sus hábitos y a ver condicionada su libertad.
En abril de 2011 un juzgado de Vitoria condenó a la misma mujer por conductas similares, ya que volcó cubos de basura en el felpudo de estos vecinos, sentencia que fue ratificada por la Audiencia de Álava.
Sin embargo, la acusada siguió con su hostigamiento y ha causado daños de manera reiterada en el buzón de sus vecinos, metiendo basura en su interior.También les ha causado múltiples desperfectos en su coche, por lo que los afectados decidieron dejar de aparcarlo en su garaje y estacionarlo en otro aparcamiento cercano.Pero, según la sentencia, la acusada descubrió la nueva ubicación del vehículo tras seguirles, por lo que los denunciantes tuvieron que volver a cambiar por tercera vez de aparcamiento.
También sufrieron "infinidad" de acosos personales por parte de la mujer, que ponía la música muy alta hasta bien entrada la madrugada y les llamaba continuamente al portero automático y al timbre de la puerta principal de la vivienda.
Toda esta situación ha generado en los vecinos acosados una situación de "temor y desasosiego", además de los gastos que les han supuesto las "injerencias" y han visto destruida su tranquilidad personal y familiar.Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en un plazo de diez días.