Las plataformas OTT, que son las que ofrecen contenido de vídeo en "streaming" a través de internet, como Netflix o HBO, también deberán contribuir con un 5% de sus ingresos en España a la financiación de obra audiovisual europea, al igual que hacen las televisiones tradicionales, según el anteproyecto de la nueva ley audiovisual.

El documento, que el Gobierno acaba de someter al trámite de audiencia pública y que también prevé una flexibilización del tiempo de publicidad que emiten todos los medios audiovisuales, equipara las obligaciones de las plataformas OTT con las de las televisiones tradicionales y de pago para financiar producciones europeas.

La obligación afectará a todos los prestadores del servicio en España, incluso a los radicados en otro país europeo pero que dirijan sus servicios a España.

Se distingue entre prestaciones de las empresas con ingresos superiores a los 50 millones de euros y a los que facturen por debajo de esta cantidad.

En el primer caso deberán destinar el 5% de sus ingresos a obra audiovisual europea o contribución al Fondo de Protección de la Cinematografía.

De esa cantidad, un mínimo del 70 % será para financiar obras audiovisuales de productores independientes, y un mínimo del 40% a cine también de productores independientes de cualquier género y en cualquiera de las lenguas oficiales.

Para las compañías que ingresen menos de 50 millones, también destinarán ese mismo porcentaje del 5% a idéntico fin y además a la compra de derechos de obra terminada, con un mínimo dedicado a financiar obras de productores independientes.

Sin embargo, el anteproyecto exime de estas obligaciones a las empresas con facturación inferior a los 10 millones de euros.

Se dará mayor flexibilidad a la distribución del tiempo de la publicidad comercial televisiva, que hasta ahora estaba fijada en 12 minutos por hora de emisión; pasará a un límite máximo de 144 minutos entre las 6 de la mañana y las 18,00 horas y a otro máximo de 72 minutos entre esa hora y la medianoche.

Además, se amplían las prohibiciones actuales de alcohol y tabaco a todos los prestadores de servicios audiovisuales, según informa en un comunicado el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Otra de las principales novedades del anteproyecto, que traspone una directiva europea de 2018, se refiere a la publicidad y los contenidos de juego, esoterismo y paraciencias, que solo se podrán emitir de 1 a 5 de la madrugada, prohibición que afecta tanto a la televisión convencional como a las plataformas OTT.

Solo se podrá insertar publicidad en las emisiones de eventos deportivos en las interrupciones o descansos de la actividad.

La protección de los menores es uno de los principales objetivos de esta nueva normativa, ya que se les blinda contra los contenidos que puedan ser perjudiciales para ellos, incluido los servicios de intercambio de vídeo como Youtube, con medidas como la verificación de la edad del consumidor y también con mecanismos para preservar su imagen o la difusión de su identidad.

Incluye además disposiciones para mejorar la accesibilidad para personas con discapacidades visuales o auditivas, de modo que el 75% de los programas o contenidos tendrán que estar subtitulados; cinco horas semanales tendrán que acompañarse de lenguaje de interpretación de signos y otras tantas con contenidos audiodescritos.

Si esta ley sale adelante en los términos que ahora propone el Gobierno, todos los operadores audiovisuales tendrán que estar inscritos en un registro estatal autonómico de carácter público.

Por otro lado, la norma apuesta por la "corresponsabilidad" de los operadores al promover mecanismos de "corregulación" para la descripción, calificación y recomendación por edad de los contenidos.

En suma, según el Gobierno, el propósito es "actualizar la legislación a la realidad del mercado", donde han surgido nuevos agentes y se han desarrollado servicios audiovisuales impulsados por tecnologías digitales, ya que la normativa actual establece obligaciones casi únicamente para la TDT en abierto.