El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Vitoria-Gasteiz ha condenado a Osakidetza "por vulneración del derecho fundamental a la negociación colectiva" por el cierre de los centros de salud en verano de 2021, "que no fue previamente negociado ni informado" a los representantes de los trabajadores, según ha informado en un comunicado el Sindicato de Enfermería de Euskadi, Satse.

La central sindical ha destacado que ya son tres las sentencias dictadas por el mismo órgano judicial que sancionan al Servicio Vasco de Salud por "vulnerar el derecho fundamental a la negociación colectiva de sus trabajadores", lo que, a su juicio, "pone en evidencia la falta de talante democrático" de la Dirección de Osakidetza.

En este sentido, ha explicado que, ante "la ausencia total" de búsqueda de consenso por parte de la Dirección del Servicio Vasco de Salud, que "impuso las medidas de movilidad y modificación de condiciones de trabajo" que padeció el personal sanitario durante la primera ola de la pandemia por covid-19, interpuso una demanda por vulneración del derecho fundamental a la negociación colectiva.

NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Satse ha recordado que la Justicia, mediante sentencia firme, confirmó la vulneración denunciada y sentenció que el Estado de Alarma "no suspendía el derecho fundamental a la negociación colectiva", por lo que instaba al Servicio vasco de Salud "a cesar en su vulneración de derechos y retomar la negociación con los sindicatos".

El sindicato ha apuntado que, "tras este varapalo judicial", Osakidetza ha sido nuevamente condenada, en sentencia firme de noviembre de 2021, "por no respetar los acuerdos alcanzados en Mesa Sectorial con el Sindicato de Enfermería en materia de estabilidad en el empleo", y ha sancionado al ente público "a cumplir con lo acordado" en relación "con la necesidad de estabilizar" el empleo temporal, "debiendo pasar a incrementar la plantilla estructural con nuevos puestos fijos".

Ha sido el 21 de abril de 2022, cuando ha sido notificada la tercera condena a Osakidetza "por vulneración del derecho fundamental a la negociación colectiva", en este caso por el cierre de los centros de salud en verano de 2021, "que no fue previamente negociado ni informado a los sindicatos".

DERECHO A LA IGUALDAD DE TRATO

Además, ha apuntado que esta sentencia, que califica de "importante", condena al Servicio vasco de Salud "por vulneración del derecho a la igualdad de trato a sus trabajadores", que ha sido apoyado por la Fiscalía.

Coincidiendo con Satse, el Ministerio Público entiende que "resulta discriminatorio que al personal médico la prolongación de jornada se le abone como auto concertación, mientras que al personal de enfermería se le abona como exceso de jornada".

De esta línea, el Juzgado reconoce que, "para el personal de enfermería, esta prolongación de jornada supone la auto concertación, y condena a Osakidetza a abrir un periodo de negociación para establecer los criterios de abono al personal de Enfermería".