Rodrigo Lanza ha sido condenado a 20 años de prisión por el asesinato con alevosía y por motivos ideológicos de Víctor Laínez en diciembre de 2017 en Zaragoza, así como a pagar una indemnización de 200.000 euros a los familiares de la víctima del conocido como "crimen de los tirantes".
Esta es la sentencia del segundo juicio que se ha celebrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza contra Lanza por la muerte de Laínez, ya que el primero fue anulado en abril de este año por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que ordenó repetir el que se celebró en noviembre de 2019.
En la primera sentencia, Lanza fue condenado a cinco años de cárcel por homicidio imprudente, pero las partes recurrieron por defectos de forma en el veredicto del jurado y el TSJA ordenó la repetición del juicio.
El juicio se ha celebrado entre los días 7 y 15 de septiembre de 2020, con nuevo jurado y una nueva presidenta-magistrada del tribunal, María José Gil, que es quien firma la sentencia condenatoria tras conocer el veredicto del jurado, que se emitió el pasado jueves, 17 de septiembre.
El jurado consideró a Lanza -por mayoría de ocho a uno- culpable del asesinato a golpes de Víctor Laínez el 7 de diciembre de 2017 en el bar "Tocadiscos" de Zaragoza.
La sentencia considera las agravantes de alevosía, al entender que Lanza atacó a Laínez cuando este no podía defenderse, y de motivos ideológicos, pero estima la atenuante de estado leve de embriaguez.
Para justificar que se trata de un delito de odio, la jueza argumenta en la sentencia que el desarrollo de los hechos se inició porque un amigo de Lanza le comentó, ya dentro del bar, que la víctima, que en ese momento estaba sentada sola en la barra, era de extrema derecha o neonazi y que en ocasiones vestía unos tirantes con la bandera de España.
También considera probado que ambos mantuvieron una conversación, en la que el condenado llamó a la víctima facha y fascista, y Laínez le dijo a Lanza sudaca y que debía volver a su país.
Según la sentencia, Laínez siguió a Lanza cuando este salió del local con sus amigos, ambos mantuvieron un breve encuentro fuera y luego la víctima volvió a entrar, momento en el que el acusado entró detrás de él y le atacó por la espalda, tal y como consideró probado el jurado en su veredicto.
La jueza relata como hecho probado que la víctima se tambaleó y cayó al suelo semiinconsciente, momento en el que Lanza se sentó sobre Laínez y le comenzó a propinar puñetazos, golpes y una patada "muy fuerte" en la cabeza.
Todo ello, según los informes periciales de los médicos y forenses, le causó un severo traumatismo craneoencefálico, compatible con una contusión de fuerte intensidad en la región tempoparietal derecha, además de múltiples lesiones en la cara, que le provocó una parada cardiorrespiratoria.
Laínez murió cuatro días después de los hechos en el hospital.
La sentencia confirma que Laínez no llevaba una navaja, motivo que Lanza alegó en el juicio para asegurar que el ataque se produjo porque él sí vio un arma blanca en las manos de la víctima, lo que le hizo entrar en pánico al temer por su propia vida.
La sentencia atiende la petición de pena formulada por la Fiscalía, que solicitó 20 años de cárcel, mientras que las acusaciones particular y popular, este última ejercida por el partido político Vox, pidieron 23 años.
El último día del juicio el abogado de Lanza, Endika Zulueta, alegó contradicciones en el objeto del veredicto del jurado y no solicitó una pena ajustada al delito de asesinato contenido en la decisión del tribunal popular, sino que pidió dos años de cárcel por un delito de lesiones.
Lanza, en virtud de la sentencia, deberá abonar al Servicio Aragonés de la Salud 5.620 euros en concepto de gastos de la asistencia sanitaria a la víctima.
Contra la sentencia cabe recurso de apelación en un plazo de diez días.