Bilbao - A finales del pasado mes de septiembre, en la Comunidad Autónoma Vasca únicamente se estaban tramitando permisos de residencia para 17 de los centenares de menores extranjeros no acompañados (MENAS) que están tutelados por las Diputaciones Forales. De acuerdo con los datos oficiales, la realización de los trámites para que la estancia y permanencia de estos jóvenes llegados de manera irregular se convierta en legal afecta a una parte muy pequeña de ellos, tanto en Euskadi como en el conjunto del Estado. En una respuesta parlamentaria ofrecida por el Gobierno español al senador de EH Bildu Jon Iñarritu, se indica que al acabar el tercer trimestre se estaban tramitando 395 autorizaciones de residencia para menas, de las que 17 corresponden a la CAV y 2 a Nafarroa. Por las mismas fechas, el Gobierno calculaba que en el Estado español había más de once mil menores extranjeros sin acompañamiento familiar.

Según esa información, que deja patente el bajo porcentaje de autorizaciones tramitadas respecto a la cifra real de menas, hasta septiembre de 2018 en el Registro que gestiona el Ministerio del Interior figuraban inscritos 11.174 inmigrantes menores no acompañados. A pesar de esta elevada cifra, las solicitudes de autorización de residencia en trámite por esas fechas apenas afectan al 3,5% de los jóvenes llegados al Estado por sus propios medios. En el País Vasco, que es una de las comunidades autónomas con mayor número de menas, la proporción de petición de permisos de residencia aún es menor, ya que los 17 casos contabilizados rondan el 2% de los más de 800 jóvenes atendidos en los últimos meses. El desequilibrio en Euskadi entre peticionarios de residencia y menas tutelados podría ser aún mayor según otras estimaciones, que elevan el número de menores en los tres territorios por encima del millar. El informe anual de la Oficina de la infancia y la adolescencia del Ararteko correspondiente a 2017 se señala que el año pasado en Euskadi se alcanzó la cifra de 1.721 menores atendidos, “la más alta desde 2003”.

A pesar de este desequilibrio entre jóvenes tutelados y permisos gestionados, la mayoría de los menas acogidos en Bizkaia “salen de las instituciones con papeles”, señaló la abogada Suniva Martínez. Respecto a las razones de que solo una pequeña parte de los menores acogidos este año esté realizando estas gestiones, Suniva Martínez indicó que “algunos menores llegan totalmente indocumentados, sin pasaporte y eso dilata mucho el trámite”. “Otras veces, los chavales que llegan a los centros de protección alcanzan a la mayoría de edad sin haber obtenido el pasaporte, lo cual imposibilita la tramitación del permiso”, añadió la abogada. Para Suniva Martínez otra razón importante es el requisito de permanecer un mínimo de 9 meses bajo tutela antes de iniciar las gestiones, un criterio que acaba de cambiar en el caso de Bizkaia y que se traducirá en más autorizaciones.

La abogada señaló también que en el resto de comunidades autónomas la explicación más lógica es que el elevado número de menores que están llegando desborda a los responsables, que “no tienen tiempo de gestionar autorizaciones”. “En mi opinión -añadió Martínez- hay otro factor importantísimo: que la administración no está dispuesta a documentar a todos estos chavales que entran”.

tipos de autorización En su respuesta al senador Jon Iñarritu, el Gobierno español explica que los menores extranjeros no acompañados que se encuentran en el Estado español pueden solicitar diferentes tipos de autorizaciones: una autorización inicial de residencia del menor; una renovación de autorización de residencia siendo aún menor de edad; una autorización de residencia de larga duración, siendo aún menor; y una renovación de autorización de residencia tras acceder a la mayoría de edad. Los datos ofrecidos por el Gobierno solo hacen referencia a los tres primeros supuestos y apuntan a que de las 395 solicitudes en tramitación, 264 son de autorización inicial, 129 de renovación y 2 de larga duración. En el caso de la CAV, de las 17 solicitudes de permiso de residencia, 14 son iniciales y 3 de renovación. La comunidad autónoma donde se gestionan mayor número de autorizaciones de residencia es Catalunya, con 176, de las que 12 son de renovación y una de las duración. Le sigue Ceuta, con 61 solicitudes y Andalucía con 60. En Madrid, pese a que es una comunidad con un elevado número de menas acogidos -al igual que las zonas citadas anteriormente-, solo se están gestionando 10 autorizaciones.

En cuanto a las nacionalidades de los menas que están tramitando autorización de residencia, la mayoría -272 de los 395- proceden de Marruecos, 24 de Guinea, 21 de Argelia y 15 de Ghana. Luego hay colectivos menores -de entre 1 y 6 personas- de otros 27 países -Guinea Ecuatorial, Nigeria, Pakistán, Costa de Marfil, Malí, República Dominicana, India y Honduras, entre otros- y tres casos en los que no consta la procedencia.

nacionalidades Esta distribución de nacionalidades concuerda bien con los datos generales de los menas llegados a Euskadi y al resto del Estado español en los últimos años: el 97% son de sexo masculino y en su mayoría proceden de Marruecos (56,3%) y Argelia (19,9%), seguidos por países del África subsahariana como Guinea (8,4%) Costa de Marfil (7,5%) o Gambia (2,8%).

Aunque la legislación española -artículo 2 de la ley orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del menor- garantiza a los menores extranjeros que se encuentran en el Estado el disfrute de derechos en las mismas condiciones que los menores españoles y establece el interés superior del menor, contar con autorización de residencia puede ser importante cuando alcanzan la mayoría de edad. Las consecuencias de que a los menas acogidos por las instituciones autonómicas y forales no se les tramite la autorización de residencia llegan cuando estos son mayores de edad, ya que en ese momento pasan a ser, desde el punto de vista administrativo, adultos en situación irregular.

Cuando los menas cumplen 18 años se encuentran con dos procedimientos diferenciados teniendo en cuenta que el menor sea titular o no de una autorización de residencia. En el primer caso, podrá solicitar la renovación de la misma durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de su vigencia. El procedimiento para su tramitación será similar a la renovación de una Autorización de Residencia temporal de carácter no lucrativo, con algunas particularidades. En el plazo de un mes desde la notificación de la resolución por la que se renueva la autorización, su titular deberá solicitar la correspondiente Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Si el menor no tiene autorización de residencia, el servicio de protección de menores que tenga su tutela legal podrá recomendar la concesión de una autorización temporal por circunstancias excepcionales. En concreto, el artículo 198 del Reglamento de Extranjería dice que si estos jóvenes que alcanzan la mayoría de edad sin contar con autorización de residencia han participado adecuadamente en las acciones formativas y en las actividades programadas por la entidad que le ha tutelado para favorecer su integración social, esta entidad podrá conceder una autorización temporal de residencia por circunstancias excepcionales. No obstante, la persona extranjera habrá de acreditar, de forma alternativa, que cuenta con medios económicos suficientes o con un contrato de trabajo o que reúne los requisitos para ejercer una actividad por cuenta propia.