BILBAO. En una sentencia fechada el pasado 19 de junio y hecha pública hoy, la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal ha estimado en parte el recurso interpuesto en su día por la Abogacía del Estado contra el decreto vasco aprobado en diciembre de 2015 sobre dicha materia.

La resolución judicial, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, declara la nulidad, en concreto, del artículo 3.3 del decreto al considerar que "no recoge la estructura de ciclos que diseña la normativa básica en la ESO, lo que hace que no resulte conforme a derecho".

El tribunal también ve infracción de la normativa básica estatal en el artículo 40.1 y 2 del decreto del Gobierno vasco, que anula por considerar que incumple los programas de mejora de aprendizaje y del rendimiento establecidos en ella.

Asimismo, anula el artículo 16 del decreto vasco ya que prevé la posibilidad de integrar materias en ámbitos de conocimiento sin distinguir en qué curso de la ESO cuando la normativa básica da tal posibilidad únicamente en el primer curso de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.

La Sala no ha estimado la causa que alegó el Gobierno vasco "de inadmisibilidad" del recurso de la Abogacía del Estado con el argumento de que existe un conflicto de competencia planteado por el Ejecutivo vasco contra determinados artículos de un decreto estatal en materia de educación.

En la sentencia, se recuerda que esa cuestión se resolvió en enero pasado mediante un auto, que ordenó continuar con el proceso al entender que las normas estatales que afectan al mismo están plenamente vigentes.