Vitoria - Los caseros han depositado ya cerca de 10 millones de euros en Bizilagun. Desde la entrada en vigor del decreto que obliga a los propietarios a registrar en esta entidad el contrato de alquiler y a depositar las fianzas de los inquilinos, el pasado 30 de marzo, las colas han sido la imagen habitual en las oficinas del organismo público. “Hemos visto que la voluntad del ciudadano vasco ha sido la de acudir a las delegaciones a hacer el depósito de fianzas. Los primeros días ha habido colas, reconocemos que ha habido gente que ha tenido que esperar un tiempo, pero vemos que la ciudadanía ha entendido que es una normativa que había que poner en marcha”, sostiene la viceconsejera de Vivienda, Covadonga Solaguren, quien valora “muy positivamente” el arranque de una normativa que pretende hacer frente a la economía sumergida, habitual en este tipo de acuerdos.
Los propietarios de viviendas que hayan firmado contratos de alquiler a partir del 26 de septiembre de 2015 deberán depositar la fianza correspondiente en un plazo de tres meses. Mientras, en el caso de los alquileres que se hayan formalizado a partir del 30 de marzo, los arrendadores tendrán un mes de plazo para depositar la fianza desde el momento de la firma. El decreto prevé, asimismo, un recargo del 2% para quien se retrase en los plazos y multas para aquellos arrendadores que no cumplan con la normativa, que oscilan entre los 300 y los 3.000 euros.
La fianza que se debe depositar asciende a una mensualidad para los caseros de vivienda y a dos para los de un local comercial, mientras que los propietarios de un alojamiento de temporada deberán abonar la cuantía proporcional a la duración del arrendamiento, sobre la base de dos mensualidades por año. El importe del depósito se puede realizar tanto a través de internet como del Servicio de Bizilagun. Además de este punto, la Ley de Vivienda obliga a la creación de un Registro de Contratos de Arrendamiento de Fincas Urbanas de Euskadi, donde deberán constar todos los contratos de arrendamiento.
Obligatoriedad El pasado miércoles, la cantidad de las fianzas en Bizilagun ascendía a algo más de 39 millones, sin embargo, algo menos de 30 millones corresponde a los depósitos realizados antes del 30 de marzo. Y es que, desde hace dos semanas, el depósito de las fianzas es obligatorio, pero el servicio existía ya previamente, eso sí, de forma voluntaria. Así, el año pasado se depositaron un total de 2.273 fianzas y se registraron 1.954 contratos. El número de fianzas devueltas ascendió a 1.638. Los datos de este año corresponden a enero y febrero, es decir, antes de la entrada en vigor del decreto. En ese periodo se han registrado 1.302 contratos y se han depositado 1.273. Bizilagun ha devuelto, asimismo, 224 fianzas.
Entre los servicios que ya ofrecía Bizilagun antes de la entrada en vigor de la normativa está el de asesoría y mediación entre propietarios e inquilinos con el fin de resolver los conflictos que pudieran surgir con las fianzas. En 2015, el organismo atendió 27.307 consultas y medió en 143 casos. Mientras que entre enero y febrero del presente año atendió 6.604 consultas y medió en 24 casos.
“No es algo nuevo que se esté haciendo desde el 30 de marzo, lo que sí es cierto es que es la primera vez que una ley vasca de vivienda regula el depósito de fianzas”, explica la viceconsejera de Vivienda. En este sentido, Solaguren recuerda que “éramos una de las pocas comunidades grandes dentro del Estado español que no tenía esta normativa”.
Ventajas Para Solaguren, una de las ventajas del servicio es que “ofrece garantía y seguridad a ambas partes, tanto al arrendador como al arrendatario”. Sin embargo, algunos propietarios han mostrado su disconformidad con la norma, de la que critican el complejo papeleo al que, aseguran, tendrán que hacer frente para recuperar el depósito, sobre todo si no hay acuerdo con el inquilino. “Yo lo trasladaría a que son los primeros días y entendemos la incertidumbre de la gente, pero llevamos un recorrido de muchísimos años como depósito de fianzas. Sí que es cierto que la ley establece que el Gobierno tiene tres meses para la devolución de la fianza, pero en todo este recorrido de años estamos con plazos de devolución por debajo de un mes”, responde Solaguren. “Para la devolución de fianza al arrendador tiene que haber una declaración jurada de que hay acuerdo entre ambas partes. En cualquier otro caso tendrían que acudir a la vía judicial, como se hacen a día de hoy”.
La viceconsejera de Vivienda también quiere dejar claro que “el objetivo depósito de fianzas no es recaudatorio”. “Son unos ingresos públicos que no se van a utilizar directamente para otro tipo de políticas públicas. Sí que es cierto que la Ley de Vivienda habla de que se podrá utilizar siempre en políticas de vivienda, pero el objetivo no ha sido recaudatorio”, explica.
Depósito voluntario. Desde hace dos semanas, el depósito de las fianzas es obligatorio, pero el servicio existía ya previamente de forma voluntaria. El año pasado se depositaron un total de 2.273 fianzas y se registraron 1.954 contratos. Entre enero y febrero de este año, últimos meses de los que se disponen de datos, se han registrado 1.302 contratos y se han depositado 1.273.
Obligatoriedad. A partir del 30 de marzo esto es obligatorio. Los propietarios de viviendas que hayan firmado contratos de alquiler a partir del 26 de septiembre de 2015 deberán depositar la fianza en un plazo de tres meses. En el caso de los alquileres que se formalicen a partir de esa fecha, los arrendadores tendrán un mes de plazo para depositar la fianza desde el momento de la firma.
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Millones de euros en fianzas se han depositado en quince días.