laguardia. El Departamento de Administración Local y Equilibrio Territorial ha cerrado por fin el expediente de modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Laguardia, referida a la parcela 145 del polígono 22 del suelo no urbanizable, que es el espacio en el que la firma catalana Freixenet pondrá en marcha una nueva bodega de vinos de Rioja, muy próxima a las lagunas naturales que existen en la zona.
Se trata de una parcela que mide 78.480 metros cuadrados de suelo según catastro, en el término de Los Molinos, que está catalogada como "suelo no urbanizable de protección de zonas forestales a restaurar y de protección de acuíferos".
En este lugar, Freixenet solicitó licencia para construir un chateau, por lo que tuvo que solicitar una modificación de uso del suelo. Con fecha 7 de octubre de 2008, el Ayuntamiento de Laguardia acordó aprobar inicialmente la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, así como someter el expediente a información pública por el plazo de un mes. Durante este período de información no surgieron alegaciones, por lo que el Ayuntamiento procedió, en sesión del día 19 de noviembre de 2008, a aprobar provisionalmente el expediente.
El correspondiente Estudio de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental data del 7 de agosto de 2008 y el Informe Preliminar de Impacto Ambiental, el 19 de septiembre de 2008, habiéndose realizado el Informe Definitivo el 17 de marzo de 2009. Asimismo, el expediente fue informado por la Sección de Planeamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco en su sesión de fecha 7 de mayo. Con todos los vistos buenos, el Ayuntamiento de Laguardia remitió el expediente a la Diputación Foral de Álava para su aprobación definitiva el día 10 de julio de 2009.
reparos forales Pero la Diputación puso reparos, básicamente referidos al Plan Territorial Parcial de Rioja Alavesa, todavía sin aprobar definitivamente sus reformas. En materia de Ordenación del Territorio, reclamaron a Freixenet que elaborase un Plan Especial para realizar la urbanización, que justificase la existencia de la propiedad mínima de 10 hectáreas de viñedo y la concreción de las condiciones de urbanización, edificación, dotación de aparcamientos, instalaciones y servicios básicos, integración en el entorno, etc. establecidas en el P.T.P.
En materia de Aguas, se advirtió a la firma catalana que si preveía el vertido de aguas depuradas a cauce público, antes del inicio de la actividad debía ser tramitada la necesaria autorización de vertido ante la Oficina de las cuencas Mediterráneas de la Agencia Vasca del Agua, URA. También se pusieron reparos por parte de la Dirección de Biodiversidad, para que se aclarase el respeto a los corredores ecológicos. Y, por último, se aplicaron rigurosos controles a la empresa referidos a los necesarios movimientos de tierras para la construcción, por lo que se le instaba a presentar una estimación del volumen de metros cúbicos que se moverían, el impacto paisajistico que ocasionaría, la obligación de respetar los taludes, restaurar la vegetación afectada y la necesidad de trasladar toda la tierra sobrante a un vertedero controlado.
Un año después, todos estos extremos han quedado superados, por lo que solo resta que el Ayuntamiento de Laguardia conceda la preceptiva licencia de obras para acometer la realización de esta nueva instalación bodeguera.