El Tribunal Supremo (TS) ha inhabilitado a Quim Torra para ejercer como cargo público por negarse a retirar los lazos amarillos de los edificios públicos de la Generalitat durante el periodo electoral.
La Sala de lo Penal del Supremo ha confirmado la condena de año y medio de inhabilitación que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) impuso al president catalán por desobedecer a la Junta Electoral Central (JEC) al negarse a retirar los lazos amarillos. El TSJC ejecutará la sentencia desde este lunes.
El fallo emitido por el alto tribunal da por probado que Torra desobedeció a la JEC, algo que el propio dirigente admitió durante el juicio en Cataluña y posteriormente en la vista de casación.
Durante la vista por el recurso interpuesto contra esta condena ante el TS, celebrada el pasado 17 de septiembre, la Fiscalía solicitó la confirmación de la sentencia condenatoria mientras que la defensa del president argumentó, para pedir su absolución, que Torra fue tratado por la Junta Electoral como "minoría nacional" por "tres palabras en una pancarta" que deberían enmarcarse en su libertad de expresión.
En la resolución dada a conocer este lunes, el alto tribunal destaca que Torra es libre de hacer las manifestaciones y actos que reflejen su identidad política, pero no de desobedecer al órgano constitucional encargado de la limpieza de los procesos electorales
Por ello, confirma la inhabilitación y también la multa de 30.000 euros que inicialmente se le impuso por un delito de desobediencia cometido por autoridad o funcionario público, al considerar que desobedeció de forma reiterada y contumaz las órdenes de la Junta Electoral Central para que retirase determinada simbología de edificios públicos dependientes de la Generalitat durante el proceso electoral, al estimar la Junta que vulneraban la neutralidad exigida a las administraciones públicas en esos procesos.
Inhabilitado en los local, autonómico y del Estado
La sentencia confirma íntegramente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 19 de diciembre de 2019. Ratifica así la inhabilitaicón especial tanto para el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito local, autonómico, estatal o europeo, como para el desempeño de funciones de gobierno, en los ámbitos local, autonómico y del Estado.
En su resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, el Supremo destaca que el ámbito del recurso "no es la exhibición de determinados símbolos o pancartas de una determinada opción política, sino su utilización en periodos electorales desobedeciendo lo dispuesto por la Junta Electoral Central que, en el ejercicio de sus funciones garantiza la transparencia y objetividad de los procesos electorales, prohibió su utilización, con vulneración del principio de neutralidad a que deben sujetarse las administraciones en general, contraviniendo órdenes expresas.
Consulta la sentencia del Supremo
La sentencia se ejecutará desde el lunes
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado este lunes el auto que abre la ejecución de la sentencia que inhabilita a Quim Torra.
Lo ha hecho tras recibir el pronunciamiento del Tribunal Supremo (TS) que confirma y hace efectiva, "desde hoy", la pena de inhabilitación, ha informado el TSJC.
En el auto, consultado por Europa Press, la Sala declara firme la sentencia --que Torra podrá recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC), pero es aplicable desde la decisión del Supremo--, y ordena comunicarlo, además al secretario del Govern, al vicepresidente, Pere Aragonès, "a fin de que resulte activada la sustitución interna".
Asimismo, la Sala acuerda comunicar la resolución al presidente del Parlament, Roger Torrent, y a la delegada del Gobierno en Cataluña, Teresa Cunillera, "acompañando en todos los casos testimonio de la sentencia recaída en firme".
El mismo auto ordena requerir personalmente a Torra "a fin de que se abstenga de ejercer o llevar a cabo actuaciones propias de los empleos y cargos públicos para los que ha sido inhabilitado, en particular el cargo de presidente de la Generalitat".
La Sala también fija una audiencia con las partes para el próximo lunes, 5 de octubre, a las 10.00 horas, en la que se acordarán los detalles de cómo cumplirá Torra la pena de multa e inhabilitación.
La sentencia del TSJC, que ha confirmado el TS, condena a Torra a 18 meses de inhabilitación y a una multa de 30.000 euros por mantener una pancarta por los presos del 1-O en la fachada de la Generalitat en periodo electoral.